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Análisis integral de la ley de medios

Analistas piden no basarse en aspectos técnicos
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El Universal
Martes 22 de mayo de 2007

Especialistas en telecomunicaciones y radiodifusión coincidieron en que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) no debe basar su decisión sobre la inconstitucionalidad de las reformas de la ley de medios en los aspectos técnicos, sino que es necesario un análisis integral que incluya los puntos legales, sociales y políticos, además de que se debe tomar en cuenta a los consumidores.

Además, manifestaron su preocupación sobre que uno de los técnicos consultados por la Suprema Corte, Celestino Antonioni, del IPN, haya sido asesor de la Cámara Nacional de la Industria de Radio y Televisión (CIRT).

Los consultados destacaron que los técnicos que participaron en la sesión de ayer de la Corte coincidieron con los mismos argumentos de la CIRT en el sentido de que técnicamente no es posible dar servicios de telecomunicaciones en los canales digitales de las televisoras.

De hecho, fuentes de este gremio que aglutina a las estaciones de radio y televisión comerciales manifestaron su beneplácito por los argumentos que vertieron ayer los ingenieros del IPN y de la UNAM.

Sin embargo, Clara Luz Álvarez, ex comisionada de la Comisión Federal de Telecomunicaciones (Cofetel), aclaró, que el punto no es, como lo expusieron los técnicos, que las transmisiones de la radiodifusión son unidireccionales, es decir, que no puede haber servicios de telefonía o Internet porque no puede haber respuesta del otro lado de la red que hagan posibles este tipo de comunicación.

Lo importante, dijo, es que estas empresas cuentan con el espectro para poder construir una segunda red paralela a la de radiodifusión para ofrecer servicios de telecomunicaciones como por ejemplo telefonía celular, o bien pueden arrendar capacidad de otro operador para prestar otros servicios.

Explicó que debido a que ni en la Ley Federal de Radio y Televisión, ni en el Acuerdo de la Política de Transición a la Televisión Digital Terrestre se establece la obligación de prestar de manera permanente el servicio con alta definición, la cual sí requiere del ancho de banda de 6 MegaHertz.

Ante esto, explicó las televisoras podrán usar sólo 1.5 MHz en definición estándar y el resto lo ocuparán para dar servicios de telecomunicaciones que sí significarían otro negocio para estas empresas.

Por su parte, Aleida Calleja, vicepresidenta de la Asociación Mundial de Radios Comunitarias (AMARC), dijo que no se trata sólo de cuánto ancho de banda ocupa un canal para la tecnología digital, sino cómo ésta puede ser una gran ventana de oportunidad para hacer más efectivo el uso del espectro e incluir a nuevos jugadores. (AMG)



 

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