La Comisión de Justicia del Congreso Local aprobó un dictamen de Ley para sancionar delitos calificados como el homicidio y las lesiones que se cometan en agravio de periodistas, de su cónyuge o de sus parientes y tipificar como delito el obstaculizar la libertad de expresión en Guanajuato .

El artículo 140 del Código Penal vigente en la entidad sanciona el homicidio calificado hasta con 35 años de prisión.

La diputada Arcelia María González González propuso la modificación a la redacción del artículo 153 que establece que el homicidio y las lesiones son calificados “cuando se cometan en agravio de periodistas, de su cónyuge o de sus parientes en línea recta o colateral hasta el cuarto grado, si tuvieren como finalidad obstaculizar o impedir el ejercicio de la libertad de expresión del ofendido, o en razón del desempeño de su profesión”.

El dictamen cita la incorporación del artículo 240-D que establece una sanción de 9 meses a 4 años de prisión, y de 200 a 300 días multa “a quien utilizando violencia evite se ejerza la libertad periodística y obstaculice, impida o reprima la libertad de expresión”, explicó la diputada Libia Denisse García Muñoz.

Este delito sólo se investigará a petición expresa de la parte ofendida.

El proyecto de reforma y adicción al Código Penal del Estado será puesta a consideración del pleno del Congreso en la sesión del 25 de septiembre, cuando dará inició el segundo periodo de sesiones del 2017.

La Comisión de Justicia también aprobó el dictamen que prevé y sanciona como delito la cobranza extrajudicial.

La diputada María Beatriz Hernández Cruz planteó incorporar un artículo 176-A para especificar que quien lleve a cabo la cobranza extrajudicial ilícita se le aplicará de uno a cuatro años de prisión y de 10 a 40 días de multa.

Por “cobranza extrajudicial ilícita” se entiende como el uso de violencia o intimidación, ya sea personalmente o a través de cualquier medio, para requerir el pago de un crédito o una deuda derivada de una obligación contenida en las leyes, con independencia del tenedor de los derechos de cobro al momento de llevar a cabo la cobranza.

En la sesión radicaron también dos iniciativas de reforma al Código Penal , a efecto de calificar las penas de lesiones y homicidio que se cometan en agravio de quien desempeñe funciones de seguridad pública, investigación, procuración, administración de justicia o ejecución de penas, si tuvieren como finalidad obstaculizar o impedir el ejercicio de sus funciones.

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