Tras las protestas y movilizaciones contra el gasolinazo, el presidente de la República convocó a la firma del Acuerdo para el fortalecimiento económico y la protección de la economía familiar. Entre las medidas que el gobierno federal se comprometió a realizar estaba la reducción de un 10 por ciento en “la partida de sueldos y salarios de servidores públicos de mando superior de dependencias federales”. Exhortó a otras instituciones del sector público a adoptar políticas de austeridad similares.

Las reacciones no se hicieron esperar. Al día siguiente, algunos gobernadores anunciaron que se recortarían su salario por un monto igual o mayor al monto sugerido en el pacto. Casi al mismo tiempo, el Consejero Presidente del INE dio a conocer en conferencia de prensa que la institución que preside devolvería a Tesorería de la Federación 1, 070 mdp que tenía programado gastar en la construcción de un edificio para albergar su sede nacional. Asimismo, anunció una disminución de salario de los consejeros electorales e integrantes de la Junta General Ejecutiva (JGE) en un porcentaje igual al sugerido por el presidente de la República.

El Poder Judicial de la Federación y otros órganos como la ASF y el INAI se tomaron un poco más de tiempo para estudiar la forma en que contribuirían a la reducción del gasto. Unos días más tarde anunciaron sus medidas de austeridad, que consistían en identificar rubros de su presupuesto de 2017 y fijar una meta de ahorros con el fin de reintegrar el dinero a la Tesorería de la Federación. Ninguno anunció reducciones de salarios.

La razón es muy sencilla: la Constitución lo prohíbe expresamente. El artículo 123 dice que los salarios de los servidores públicos “serán fijados en el presupuesto correspondiente sin que puedan ser disminuidos durante la vigencia del mismo”. El artículo 127 prohíbe a los servidores públicos “renunciar a la remuneración a la que tienen derecho con motivo de su función, empleo, cargo o comisión”.

A pesar de estas restricciones constitucionales, el INE siguió adelante con lo anunciado. El 25 de enero su Junta General Ejecutiva (JGE) aprobó una serie de acuerdos ordenando la disminución del 10 por ciento del salario a un grupo de 32 servidores públicos. Al hacerlo, abrió una controversia jurídica adicional.

No queda claro que un órgano administrativo, subordinado al Consejo General del INE, tenga facultades para disminuir los salarios ya aprobados por la Cámara de Diputados en el presupuesto de egresos de la Federación. Por otro lado, si excedió sus atribuciones, la JGE puede estar alterando las condiciones para el ejercicio autónomo e independiente de cargos nombrados por la Cámara de Diputados, como los consejeros electorales y el contralor general del INE.

Cuando los consejeros electorales nos apartamos de la posición mayoritaria en el Consejo General no sólo argumentamos y votamos en contra, sino que presentamos votos particulares. Esta es una forma de cumplir con nuestra responsabilidad constitucional de vigilar que los actos del INE se apeguen al principio de legalidad. Estas opiniones jurídicas minoritarias suelen tomarse en cuenta, tras una impugnación, en la revisión de la legalidad de los acuerdos del INE por el Tribunal Electoral. Tampoco es inusual que tras el estudio de la autoridad jurisdiccional una posición minoritaria termine prevaleciendo sobre lo aprobado por la mayoría.

Pero los consejeros no formamos parte de la JGE. Ahí participan los directores ejecutivos, el secretario ejecutivo y el consejero presidente, quien además la encabeza. Por ello la única forma de expresar mi disentimiento fue presentando un recurso de apelación que planteara directamente al Tribunal Electoral mis objeciones a los acuerdos aprobados por la JGE.

Cualquiera que sea el resultado, la intervención del Tribunal Electoral servirá para brindar certeza jurídica en torno a una medida de austeridad sin precedentes. No es inusual que, cuando el Consejo General tiene que proponer un criterio de interpretación en asuntos en que la ley es ambigua o contradictoria, los propios consejeros invoquen la intervención del Tribunal Electoral en aras de la certeza. La reducción de salarios por parte de la JGE hace aún más necesaria dicha intervención dado que se aparta no sólo de los precedentes sino también del texto de la Constitución. El INE debe dejar claro que no ignora ciertas partes de la Constitución por conveniencia o miedo a la impopularidad.

Desde luego, al recurrir al Tribunal Electoral corrí el riesgo de que mi acción se interpretara como un rechazo a la austeridad. Nada más lejano a la realidad. Estoy convencido de que el INE debe responder al reclamo ciudadano de bajar el costo de la democracia con una meta de ahorro ambiciosa en el 2017. Por eso mantengo mi compromiso de revisar al interior del INE aquellas áreas de oportunidad donde, estoy seguro, podemos encontrar ahorros reales para contribuir a la austeridad, pero siempre en el marco de la Constitución y la ley.

Consejero Electoral del INE

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