Decía Séneca “Nada se parece tanto a la injusticia como la justicia tardía”. Uno de los ejes centrales de la reforma al sistema de justicia penal precisamente consistió en reducir la duración de los procesos. Para ello se previeron diversas formas de terminación anticipada y soluciones alternas para acelerar la resolución de juicios. Durante la etapa de investigación y en la audiencia inicial, el inculpado y la víctima u ofendido tienen la posibilidad de conciliar una solución derivada de la comisión de un delito, con incentivos como la reducción de la pena impuesta y la pronta reparación del daño causado. El uso cotidiano de estos mecanismos alternativos permite la reducción de las cargas de trabajo en los tribunales, mejora la calidad de las sentencias dictadas, reduce los costos del sistema de justicia y sobre todas las cosas, hace de la justicia pronta y expedita una realidad.

Un ejemplo de la eficiencia de las salidas alternativas es un caso resuelto por una juez federal adscrita al Centro de Justicia Penal de Tepic, Nayarit. Dos pescadores, padre hijo, fueron presentados ante la juez de Control en audiencia inicial como imputados por haber capturado camarones durante la época de veda, sin el permiso correspondiente, conducta clasificada como delito por el artículo 420, fracción IV, del Código Penal federal. La juez encontró razones suficientes para someterlos a un proceso penal y por ello, en ese momento resolvió vincularlos a proceso. Como las audiencias son orales, el fiscal pidió que continuara el trámite del proceso penal porque los acusados aceptaron su responsabilidad y si ellos renunciaban a ofrecer pruebas, la juez podía dictar sentencia condenatoria. Entonces, sin necesidad de abrir debate respecto a las medidas cautelares y plazo de cierre de investigación complementaria, la juez de control admitió e inicio el procedimiento abreviado.

Este procedimiento, llevado a cabo en la misma audiencia oral, implica que los acusados confiesen ser culpables a cambio de obtener una reducción en la pena que se les iba a imponer si se siguiera el juicio ordinario. Una vez cerciorada de que se cumplieran los requisitos de ley, la juez condenó a los acusados a 11 meses de prisión, (condena menor a la prevista para ese delito, que va de 1 a 9 años). En ese mismo acto, los condenados expusieron públicamente estar arrepentidos de la conducta atribuida y renunciaron a impugnar la sentencia dictada, por lo que ésta se volvió definitiva. Finalmente los pescadores se acogieron al beneficio de la condena condicional que, en el caso, permitió la substitución de la pena de prisión por la obligación de presentarse periódicamente al juzgado. En consecuencia, el asunto se resolvió en un solo día. Ésta es una de las bondades del procedimiento abreviado. El acusado reconoce anticipadamente la comisión del delito a cambio de que se reduzca la sanción aplicable, con lo que el tiempo procesal y los costos que genera para todos, se reducen drásticamente.

Es muy pronto para poder evaluar el impacto, eficiencia y los beneficios de la justicia alternativa en el proceso penal acusatorio. No obstante, como ha dicho el ministro Luis María Aguilar Morales, éste es un sistema integrado no sólo por jueces, sino también por testigos, defensores, peritos; quienes junto con académicos y estudiantes, deben sumarse a su análisis y crítica constructiva. Después de todo, su éxito beneficia a la sociedad en general.

Consejero de la Judicatura Federal

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