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Los límites de la libertad
José Fernández Santillán
El Universal
Jueves 27 de abril de 2006


El pasado viernes 21 de abril el Consejo General del Instituto Federal Electoral revirtió, polémicamente, el dictamen que la Junta General Ejecutiva de ese mismo instituto había emitido para que los spots del Partido Acción Nacional en contra de Andrés Manuel López Obrador fueran retirados del aire.

La querella fue presentada por el Partido de la Revolución Democrática por considerar que se trata de una "guerra sucia" en la que se ha incurrido en descalificaciones que afectan la imagen del abanderado del partido del sol azteca, como decir que "López Obrador es un peligro para México" y acusarlo también de haber endeudado al Distrito Federal.

Por el contrario, la argumentación utilizada, preferentemente, por seis consejeros del IFE para modificar el sentido de la determinación inicial fue la defensa de la libertad de expresión. Según esto, a nadie se le puede coartar el derecho de emitir opiniones sobre asuntos que juzgue convenientes, sobre todo si son temas de interés público.

Veamos de qué se trata: la libertad de expresión se encuentra consagrada en el artículo sexto de nuestra Constitución donde se lee: "La manifestación de las ideas no será objeto de ninguna inquisición judicial o administrativa".

No obstante, el inciso "O" del artículo 38 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales señala que son obligaciones de los partidos políticos nacionales: "Abstenerse de cualquier expresión que denigre a los ciudadanos, a las instituciones públicas o a otros partidos políticos y sus candidatos".

Ciertamente, podría argumentarse que en el orden que rige a las normas jurídicas la ley de mayor jerarquía predomina sobre las menores y, en este caso, nuestra Carta Magna está por encima del Cofipe.

Empero el mismo artículo sexto, incluido en la parte de las garantías individuales, establece límites específicos a la libertad de expresión en los siguientes términos: "Sino en el caso de que ataque a la moral, los derechos de terceros, provoque algún delito o perturbe el orden público".

Si esto es así, es decir, si la libertad de expresión, al igual que todas las libertades en sociedad, debe someterse a límites específicos, entonces tiene plena validez el inciso 2 del artículo 186 del Cofipe que aún es más contundente: "Los partidos políticos, las coaliciones y los candidatos que realicen propaganda electoral a través de la radio y la televisión deberán evitar en ella cualquier ofensa, difamación o calumnia que denigre a candidatos, partidos políticos, instituciones y terceros".

Frente a la discusión abierta por esta referencia a la libertad de expresión como recurso para que un partido político continúe el ataque a un candidato a la Presidencia de la República en lo que se ha llamado "la campaña de lodo", vale la pena recordar el fundamento que da sentido a las instituciones y las leyes de la República.

Somos herederos del constitucionalismo moderno, cuya premisa fundamental es la de someter la lucha por el poder a límites precisos determinados por la ley para que la contienda política no degenere en el caos. Para no regresar al "estado de naturaleza" en el que cada quien tiene la libertad, sin restricciones, de hacer uso de su propia fuerza.

Cuando no hay autoridad cada cual echa mano de su libertad que es correlativa a la fuerza que cada quien tenga. Libertad sin orden es anarquía. Por eso, lo mejor que hemos creado para no retornar a la barbarie es el poder del Estado.

La tarea fundamental de las instituciones públicas, incluidas por supuesto la institución presidencial y las autoridades electorales, es la de subordinar los intereses parciales al interés general que significa, en términos prácticos, fijar límites precisos a la contienda por el voto popular.

Bien decía Jean Jacques Rousseau que el paso del estado de naturaleza a la condición política es el paso de la libertad salvaje y sin frenos a la libertad civil que tiene como límite la voluntad general.

Lo fácil es que haya un sinfín de fuerzas particulares; lo difícil es que haya una fuerza superior, legítimamente establecida, capaz de contener los ánimos.

El Estado representa la razón pública que garantiza la concordia en la pluralidad. Dicho de otro modo: cuando sólo hay libertades parciales el único límite es la fuerza contraria. Pero cuando se entra a formar parte del orden político las libertades parciales quedan acotadas por la ley y las instituciones, como claramente lo dictan las normas jurídicas que aquí hemos mencionado.

En consecuencia, la disputa entre las partes debe someterse a restricciones puntuales. En especial, la competencia democrática exige que las posiciones no caigan en los extremos y que haya un respeto básico entre los contendientes. Con esta disposición del Consejo General del IFE se ha cedido el paso a la denigración de un partido y un candidato. La permisibilidad completa.

Una de las premisas esenciales de la democracia es que las autoridades actúen con imparcialidad para mantenerse por encima de las disputas entre los partidos y los candidatos. Esa es la mejor manera de mantener la propia credibilidad ante los ciudadanos.

Por consecuencia, cuando las autoridades comienzan a tomar posiciones partidistas pierden confianza. Y lo que es más riesgoso: sin la presencia de un tercero por encima de las partes se va retrocediendo al estado de naturaleza en el que cada quien puede hacer lo que le venga en gana aduciendo, no por casualidad, la propia libertad.

Ahora le tocó a la libertad de expresión ser tomada como pretexto, mañana puede ser el turno de la libertad de aniquilar al oponente. Al fin y al cabo la democracia no importa, lo que vale es el poder por el poder mismo.

Viene como anillo al dedo lo dicho por Remo Bodei en su libro Geometría de las pasiones: en los momentos de decadencia la codicia resulta insaciable. Tomó inspiración de William Shakespeare (Troilo y Cressida) para indicar que ciertos periodos suelen concluir en medio de la anarquía.

Campea el desconcierto: surge la división entre los hombres; las pasiones toman el mando sobre la razón. La degradación parece irrefrenable; la justicia pasa a depender del poder y éste a su vez de la arbitrariedad.

La avidez cae un peldaño más bajo, surge el apetito sin límites. Ese apetito es nombrado "lobo universal". Impera la destructio destructionis. Y a eso le llaman libertad.

josferna@itesm.mx

Director del Centro de Investigaciones en Humanidades del ITESM-CCM



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