Toda persona tiene legítimo derecho de buscar resarcir su imagen, limpiar su honor o defender su buen nombre cuando sienta y pruebe que una información le agravia. La justicia debe ser expedita siempre y, en un supuesto como el anterior, rigurosamente cumplida.Pero nadie que reclame para sí una intachable reputación tiene derecho a aprovecharse de los vacíos legales y las contradicciones legislativas para convertir un proceso judicial en un simple acto de molestia, de acoso, o lo que es peor, de intimidación a la libertad de expresión; mucho menos, fincarse en la dilación y en la negligencia de los juzgadores para vencer por la vía de la “fatiga procesal”. Cuando los jueces dejan correr del tiempo puede volverse simplemente irreparable el daño, en caso de que existiere, y ese mismo transcurrir puede constituirse en una de las formas más deplorables de inhibir el derecho a la libertad de información. Por eso es tan reprochable la conducta observada por el juez 39 de lo civil para el DF, Miguel Ángel Robles Villegas, que se ha tomado ¡cuatro años! en el desahogo de la demanda que por daño moral interpuso el diputado federal del PRI, Gerardo Sosa Castelán, en contra de los que participaron en la elaboración, diseño, edición e impresión del libro La Sosa nostra: gobierno y porrismo coludidos en Hidalgo, que documenta los manejos del legislador cuando éste era rector de la Universidad Autónoma de Hidalgo. Entre los demandados, además del autor de la obra, Alfredo Rivera Flores, está el fotógrafo Héctor Rubio Traspeña, y quien la prologó, Miguel Ángel Granados Chapa, el periodista más completo ética y profesionalmente del país. Sin emitir sentencia alguna, el juez ha mantenido en primera instancia el juicio desde agosto de 2004 hasta la fecha, y de esta manera ya ha convertido el proceso en un auténtico castigo para los demandados. No sólo por la lentitud con que obra, sino por algunas medidas absurdas en la instrucción del juicio: se llevó más de dos años emplazar a los demandados, se han desechado sin razón pruebas fundamentales para la defensa y se han aceptado pruebas inadecuadas de la parte actora como periciales en sicología a cargo de los demandados, que no tienen ninguna relevancia en juicios de esta naturaleza. También se ha recurrido a otros absurdos procesales como haber acusado a la abogada defensora de falsificar su propia firma. Nadie niega que Sosa Castelán tenga en la ley acreditado el derecho a reclamar la reparación de un posible daño moral; por los elementos que conozco podría afirmar que no le asiste la razón, así ofrezca tres testigos de la altísima consideración que de sí mismo tiene. De lo que casi no tengo duda es de que más que una batalla judicial por defender su nombre, ha planteado un acoso en contra de comunicadores libres, y ha encontrado un juez a modo. Profesor de la FCPyS de la UNAM |