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México D.F., a 25 de julio de 2008 | 11:43 PM

Jorge Montaño
Corte Internacional repudiada
25 de julio de 2008


La velocidad y dramatismo de nuestra realidad elimina la posibilidad de realizar análisis de eventos con impacto en la vida política del país. Uno de estos, relegado por las ejecuciones o la conveniencia de no exponer a un vecino renuente a aceptar el orden jurídico, fue el fallo reciente de la Corte Internacional de Justicia relacionado con los mexicanos condenados a muerte en Estados Unidos.

Esta decisión confirma lo decidido por ese órgano en 2004, ordenando la suspensión de las ejecuciones hasta que los tribunales revisen las condenas, ya que fueron juzgados sin informarles de su derecho a asistencia consular. En efecto, esta sutileza legal puede ser la diferencia entre la vida o la muerte, ya que respetando esta disposición de la Convención de Viena, es factible que tengan acceso a la asesoría de abogados calificados que eviten la desprotección frente a una realidad jurídica desconocida y hostil.

Ambas resoluciones, la última aprobada por siete votos contra cinco, representan un trabajo excepcional de los juristas de la Cancillería, recuperando las mejores tradiciones de nuestros internacionalistas.

En el primer caso, el juez ad hoc Sepúlveda logró un fallo favorable de quienes posteriormente, como sus pares, confirmarían la decisión generando irritación de la contraparte. La reacción estadounidense no sorprende. En un juego de doble agenda, el Ejecutivo federal se plegó a la decisión, mientras estados y legislativos solicitaron la protección de la Suprema Corte que decidió inusitadamente que las entidades federativas no tienen obligación de acatar las sentencias del máximo órgano judicial de Naciones Unidas, creado para dirimir controversias entre naciones.

Es evidente que el gobierno mexicano no justifica los delitos atribuidos a los sentenciados como afirman con mala fe políticos de aquel país; tampoco cuestiona el derecho de imponer la pena de muerte por delitos graves y menos intenta demostrar que esa sanción extrema la prohíbe el derecho internacional positivo.

Únicamente se reclama que las cortes estadounidenses reparen la omisión en que incurrieron enviando a 51 connacionales al corredor de la muerte, sin atender sus obligaciones jurídicas internacionales para con el gobierno de México, en su derecho de brindar protección consular a sus nacionales.

La respuesta del gobernador Perry coincide con las prácticas nacionales de justificar cárceles especiales, torturas para terroristas o detenciones sin fundamento: “La Corte Internacional no tiene jurisdicción en Texas. La única voluntad que acato es la de mis conciudadanos”.

El asunto de fondo es grave si se toma en cuenta que miles de mexicanos son arrestados por supuestos delitos sin acceso a protección consular, expuestos a arbitrariedades y discriminación xenofóbica, según consta en los alegatos presentados en la CIJ. La inminente ejecución de un mexicano reitera la exigencia de respeto a la Convención de Viena de la cual ambos países son firmantes. Esta es una batalla que no ha concluido.

La erosión de las instancias internacionales, encabezada por la Suprema Corte, es práctica añeja en Estados Unidos, proclive a aceptar disposiciones de la comunidad de naciones cuando favorecen sus intereses. Esta modalidad, denominada “multilateralismo a la carta”, protege cualquier actuación sin importar la letra y espíritu de la legislación internacional vigente, posición que sistemáticamente merece ser repudiada con apego a derecho.

montesco98@yahoo.com

Analista político

  Acerca del autor

Internacionalista, diplomático de carrera, consultor y profesor del ITAM.

Ex embajador de México en Naciones Unidas y ante el gobierno de Estados Unidos. Presidente del Consejo Editorial de Foreign Affairs en Español.

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