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Derecho de acceso a la cultura entra en vigor hoy
La reforma a la Carta Magna establece que toda persona tiene derecho al acceso a la cultura y al disfrute de los bienes y servicios que presta el Estado en la materia, así como el ejercicio de sus derechos culturales

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Notimex
El Universal
Sábado 02 de mayo de 2009
El Diario Oficial de la Federación publicó la víspera las reformas a los artículos 4 y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que elevan a rango constitucional el derecho de acceso a la cultura.

La reforma a la Carta Magna que adiciona párrafos a los artículos mencionados establece que toda persona tiene derecho al acceso a la cultura y al disfrute de los bienes y servicios que presta el Estado en la materia, así como el ejercicio de sus derechos culturales.

De acuerdo con el secretario de la Comisión de Cultura de la Cámara de Diputados, Alfonso Suárez del Real y Aguilera, las reformas a la Carta Magna entrarán en vigor a partir de este 1 de mayo.

"Felicitamos y compartimos el entusiasmo de todos los sectores que han luchado por esta reforma, en conciencia de que falta mucho por hacer", expresa el legislador.

Según el Diario Oficial de la Federación, con esta reforma el Estado promoverá los medios para la difusión y desarrollo de la cultura, atendiendo a la diversidad cultural en todas sus manifestaciones y expresiones con pleno respeto a la libertad creativa.

La Ley establecerá los mecanismos para el acceso y participación a cualquier manifestación cultural.

De igual manera, el Congreso de la Unión estará facultado "para legislar en materia de derecho de autor y otras figuras de la propiedad intelectual relacionadas con las misma".

El Poder Legislativo podrá expedir leyes "que establezcan las bases sobre las cuales la Federación, los Estados, los Municipios y el Distrito Federal, coordinarán sus acciones en materia de cultura".

Además, se establecen los mecanismos de participación de los sectores social y privado, con objeto de cumplir los fines previstos en el párrafo noveno del artículo cuarto de la Constitución.


mzr


 
 

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