Por incongruente que parezca, en México existe una Ley Federal del Derecho de Autor pero los diputados no tienen facultad expresa para legislar sobre el tema. Por si esto fuero poco, a lo largo de la historia, México ha suscrito más de una docena de tratados y convenciones internacionales en favor de la protección de los derechos de autor, entre los que destacan el de Roma (1961), Berna (1971) y el de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (1967).Esto ha provocado que músicos y compositores, escritores, artistas plásticos, coreógrafos, videoastas y demás creadores no puedan hacer efectivo el reconocimiento de su derecho a regalías por la reproducción de su obra, ya sea impresa, auditiva o visual. Y es que quienes infringen la Ley Federal del Derecho de Autor utilizan como recurso un amparo por la supuesta inconstitucionalidad de esta legislación.
Con el propósito de poner fin a esta polémica situación, un grupo de diputados presentó ayer ante creadores de diversas disciplinas una iniciativa con proyecto de decreto por la que se reforma la fracción XXV del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para otorgarle la facultad al Poder Legislativo de crear leyes en materia de derechos de autor.
La propuesta es añadir al final de dicha fracción la frase “Para legislar en materia de derechos de autor”. Y como motivos figuran que desde la Constitución de 1824, en el artículo 50 se establece la protección del derecho de autor; que años más tarde el general Mariano Salas expidió un decreto para la protección de las obras literarias y artísticas; y que en 1956 se expidió una Ley de Derechos de Autor, cuyo propósito era ajustarse a las disposiciones de la Convención Universal de Ginebra de 1951, entre otras cosas.
“Si bien el reconocimiento del derecho de autor era de uso común respetado y contemplado por ordenamientos secundarios, en las redacciones de la Constitución de 1917 se da por sentado que el Congreso tiene las facultades de legislar en la materia; sin embargo, en las controversias que ha habido entre el copyright y el derecho de autor, esta facultad implícita poco ayuda al impartidor de justicia porque hay posturas en favor de reconocer que queda implícito y otras que han resultado contrarias al reconocimiento”, explicó el legislador perredista Alfonso Suárez del Real.