La Política Criminal debe prevenir, combatir, y sancionar los índices delictivos. Toda reforma penal a nuestra Constitución o leyes debería responder a un criterio legítimo y con sustento político criminal. Muchos hemos denunciado ante el Poder Legislativo lo tentador pero a su vez lo riesgoso y reprobable en su actuar bajo la tendencia hacia un “Derecho Penal Simbólico”. Esto ocurre cuando ante un fenómeno delictivo que provoca un escándalo social, como hoy lo es el “huachicoleo”, el gobierno manda a la población un mensaje de estar muy atento, sensible, enérgico, y que reacciona de manera inmediata hacia ese tipo de fenómenos antisociales.

Hoy pretende hacerlo a través de la inclusión de dicho delito como de prisión oficiosa. El mensaje lo transmite nada más y nada menos, que recurriendo al Derecho penal, que es la herramienta más drástica con la que cuenta un Estado, pero lo hace sin los estudios sociales y político criminales que así lo justifiquen. Al inicio suele ser muy rentable políticamente, ya que transmite firmeza y tranquilidad a la población. El problema viene después, cuando suele demostrarse que las reformas no logran por sí solas ni prevenir, ni combatir, ni sancionar dichos fenómenos delictivos.

Cuando recordamos que el Derecho penal ya es la vía más radical del Estado, nos preguntamos, ¿si esto no funciona, que viene después? Desafortunadamente recurrimos a más Derecho penal, y transitamos hacia la peligrosa visión del “Derecho penal del enemigo”. Las bases de esta corriente doctrinal consideran que la persona imputada prácticamente pierde su status de ciudadano y se convierte en enemigo permanente del Estado (prisión oficiosa). Los derechos y garantías habituales de los imputados dejan de aplicar, logrando que la imparcialidad de la investigación, la presunción de inocencia, y el debido proceso, desaparezcan. La balanza de la igualdad entre las partes es inexistente, generando enormes beneficios a favor del Estado como acusador sobre el imputado, haciendo imposible ejercer un Derecho de defensa. Quienes hemos ejercido una Defensa en contra de estas acusaciones del Estado, debemos reflexionar y expresarles, ¡Cuidado con lo que deseamos!

El día de mañana podríamos ser víctimas de una auténtica persecución política. En nuestro sistema de justicia penal la figura de la prisión justificada contempla que aunque el delito no sea considerado de prisión oficiosa, la Fiscalía podrá solicitar la prisión preventiva. El delito de robo de combustible no debe ser de prisión oficiosa. La política criminal no fue creada para subsanar las deficiencias de la política social, por lo que recurrir al Derecho penal como primera vía de solución no es ni será la respuesta adecuada.

Debemos ofrecer soluciones integrales que atiendan las interrogantes: ¿Por qué son cometidos esos delitos?; y en especial, ¿cómo impedir que se sigan cometiendo?. La respuesta no la tiene sólo el Derecho penal, si no de la mano de la Política Social. Debe atender a las causas sociales que dan origen a dicho fenómeno, que es resultado de diversos factores: pobreza, falta de educación, falta de oportunidades laborales, impunidad, corrupción. Resolver esto es mucho más complejo que proponer una mera reforma penal. Se requiere de un nuevo diseño de políticas públicas encaminadas a un verdadero bienestar social. Su problema es que se requiere de verdadera voluntad política y de tiempo. Tiempo que parece no tenemos.

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