La semana pasada, el 17 de abril, se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Política de Comunicación Social del Gobierno Federal ( ).

En ella se establecen ciertos lineamientos que las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal deberán observar para poder difundir propaganda gubernamental o campañas de promoción y publicidad. Este acuerdo forma parte de un conjunto de normas que conforman el marco regulatorio en la materia:

1. La Ley General de Comunicación Social, publicada el 11 de mayo de 2018.

2. Presupuesto de Egresos del ejercicio correspondiente, en el que se establecen los montos para gasto en publicidad oficial.

3. Los lineamientos generales para el registro y autorización de los programas de comunicación social y de promoción y publicidad de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal para el ejercicio fiscal 2019, publicados el 29 de enero de 2019 por la Secretaría de Gobernación.

4. Estrategia anual de Comunicación Social, instrumento de planeación que debe expresar los temas gubernamentales prioritarios a ser difundidos durante el ejercicio fiscal por los entes públicos (los tres poderes de la Federación, entidades federativas y municipios, así como órganos autónomos). Deben ser presentados a la Segob durante la primera quincena de enero de cada año, excepto en 2019, que debieron presentarse en la primera quincena de febrero.

5. Programa anual de Comunicación Social, conjunto de campañas de comunicación social derivadas de la estrategia y que se costean con cargo a los recursos públicos de cada ente público.

Así, la política expedida por Jesús Ramírez Cuevas, coordinador de Comunicación de la Oficina de la Presidencia de la República, es aplicable al Poder Ejecutivo Federal y en ella destacan los siguientes puntos:

1. Se busca que el límite del gasto en publicidad institucional no rebase en ningún ejercicio fiscal el 0.1% del Presupuesto de Egresos de la Federación (aún es mucho). Sin embargo, la propia política permite ampliación presupuestal, previa justificación y autorización respectiva.

2. Se prohibe la propaganda que tenga por finalidad destacar nombres, imágenes, voces o símbolos de cualquier servidor público, así como la que contenga propaganda encubierta de personas, partidos políticos y servidores públicos, ni puede ser utilizada para la estigmatización de sectores.

3. Queda prohibido que un medio de comunicación concentre un porcentaje mayor a 25% de la totalidad de la pauta publicitaria que se encuentre en una campaña particular a cargo de una dependencia o entidad, salvo que se justifique la imposibilidad de distribuir esa pauta en atención al objetivo previsto en la campaña.

4. Los medios utilizados en cada campaña deben tener relación con el nivel de penetración en la población objetivo.

5. Los mensajes deben estar subtitulados o en formatos accesibles para personas con discapacidad auditiva o visual. Aquellos difundidos en comunidades indígenas, procurarán incluir versiones en la lengua étnica de que se trate.

6. Deben seleccionarse los medios conforme a criterios objetivos, tomando en consideración las características, tarifas, destinatarios, cobertura y especialidades que cada uno presenta.

7. Establece los estudios pre-test, con la finalidad de conocer el impacto y grado de aceptación que pueda tener entre el público una propuesta de campaña.

8. Toda la información relativa al gasto de campañas de comunicación social debe estar publicada en los respectivos portales de las dependencias y entidades, incluyendo el proveedor, tipo de medio, contrato, factura y debe estar en formato de datos abiertos.

Creo que con estas disposiciones se avanza, pero aún quedan problemas y lagunas en la regulación —quién definirá el nivel de penetración de los medios, por ejemplo— y áreas de discrecionalidad —como la posibilidad de rebasar el tope presupuestal—, que hacen fértil el camino a lo que tanto tiempo se ha buscado eliminar: la manipulación y restricción a la libertad de expresión (censura sutil) y al derecho a la información a través de “estímulos y castigos” a los medios de comunicación vía la contratación de propaganda oficial.

El colectivo #MediosLibres había tenido acercamientos con varios legisladores e incluso habían trabajado en un proyecto de nueva ley; sin embargo, las posibilidades de cambiar la conocida también como #LeyChayote, expedida durante el gobierno de Peña Nieto, se esfuman por el momento y ahora lo que queda es trabajar en que el espíritu de lo que la Suprema Corte definió en su momento sobre el tema, se logre a través de la voluntad política. Será interesante conocer en los próximos días el análisis puntual que sobre la política haga el colectivo #MediosLibres, así como los pasos que seguirán en su lucha.


Presidenta de Observatel, profesora de la Universidad Iberoamericana, miembro del Comité de Participación Ciudadana del SNA. Este artículo refleja su posición personal.
@soyirenelevy

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