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Aíslan a fumadores en antros y salones
Ella Grajeda
El Universal

Viernes 30 de noviembre de 2007

El pleno de la Asamblea Legislativa aprobó por unanimidad las reformas a la Ley para el Funcionamiento de Establecimientos Mercantiles en el DF, que imponen severas sanciones a los restaurantes, bares, discotecas y salones de fiesta que no obedezcan las nuevas disposiciones para proteger a los no fumadores

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El pleno de la Asamblea Legislativa aprobó por unanimidad las reformas a la Ley para el Funcionamiento de Establecimientos Mercantiles en el DF, que imponen severas sanciones a los restaurantes, bares, discotecas y salones de fiesta que no obedezcan las nuevas disposiciones para proteger a los no fumadores.

Los establecimientos que no delimiten físicamente las áreas destinadas a fumadores, la cual no podrá ser mayor a 30% del espacio del local, serán sancionados con multas de 126 a 350 días de salario mínimo.

Esta misma multa impondrán a quienes permitan la entrada a menores de 18 años a las zonas de fumadores, aún y cuando estén acompañados de un adulto y éste pretenda autorizar su acceso.

Se fijó una multa de 25 a 125 salarios mínimos para los negocios que no tengan señalamientos o avisos en lugares visibles a los usuarios sobre el área en la que estará permitido fumar.

En caso de que un cliente no haga caso de las áreas permitidas para fumar y los responsables del local no lo remitan ante el juez cívico, podrán ser acreedores a una sanción de 351 a 2 mil 500 días de salario mínimo.

Una vez publicadas estas reformas en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, entrarán en vigor a los seis meses siguientes.

Establece responsabilidades a las delegaciones para que respondan en un plazo no mayor a 48 horas a quienes soliciten permisos para el acondicionamiento de sus negocios, para realizar la separación física entre las áreas de fumadores y las de no fumadores.

En los artículos transitorios, la ALDF se comprometió a realizar una campaña permanente y aprobar en el Presupuesto de Egresos de 2008 una partida para promoción.

La diputada panista Kenia López destacó que los establecimientos que no obedezcan estas nuevas normas, podrán ser clausurados en forma permanente o temporal. En caso de reincidir, se les revocará la licencia.

También quedó prohibida la venta de productos derivados del tabaco a los negocios con licencia tipo A (restaurantes, hoteles, salas de cine) y con licencia tipo B (cervecerías, bares, cantinas, discotecas y cabarés), así como los que funcionan con declaración de apertura (billares y cafeterías).



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