claudia.bolanos@eluniversal.com.mxLa ley que regula el uso de la fuerza en los cuerpos policiacos es un buen instrumento que retoma el Derecho Internacional aunque es necesario revisar uno de sus artículos que permiten disparar contra quien pretenda darse a la fuga, indicó el presidente de la CDHDF, Emilio Álvarez Icaza.
Luego de que el Instituto de Formación Profesional de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal (PGJDF) manifestará su preocupación por la permisión de abrir fuego contra quien intente escapar de acciones policíacas, el ombudsman capitalino defendió la ley.
El artículo 12 de la misma, es el que ha causado rechazo pues indica:
“El Policía sólo empleará armas de fuego en defensa propia o de otras personas, en caso de peligro inminente de muerte o de lesiones graves, o con el propósito de evitar la comisión de un delito grave que amenace su vida o con el objeto de detener a una persona que represente ese peligro y oponga resistencia o por impedir su fuga.”
Ello ha sido interpretado como la posibilidad de que un policía pueda disparar por la espalda a un presunto delincuente, bajo el argumento de que pretendía huir.
Es por ello que la nueva normatividad, que fue publicada en la Gaceta Oficial el 22 de abril de este año, ha sido calificada como “la ley fuga”.
“Yo creo que la Ley de Uso de la Fuerza es un instrumento que no tiene copia en el país, es un instrumento muy valioso. No considero que pueda tipificarse como una Ley Fuga. Me parece importante tomar en cuenta las observaciones del Director del Instituto de Formación Profesional para verificar ese Artículo en particular, de manera que exista la certeza para quien forma a los policías de no dar lugar a indebidas”, dijo el ombudsman.