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El caso del linchamiento de agentes federales en San Juan Ixtayopan, Tláhuac, en noviembre de 2004, y el de los 12 muertos en el operativo de la discoteca New’s Divine, de la delegación Gustavo A. Madero, hace dos semanas, son similares en tanto que pusieron en entredicho el grado de responsabilidad de los mandos policiales capitalinos en la muerte de varias personas.
Ambos eventos, sin embargo, han sido analizados de dos maneras diferentes por un mismo abogado: Rodolfo Félix Cárdenas, quien hace tres años defendió al entonces jefe de la policía del DF, Marcelo Ebrard, de las acusaciones de homicidio culposo y comisión por omisión que pesaban en su contra, y ahora en 2008, como procurador capitalino, acusa al ex director de la Unipol en la delegación Gustavo A. Madero, Guillermo Zayas, precisamente de los delitos de homicidio doloso y comisión por omisión.
De acuerdo con su defensa a Ebrard, que consta en la averiguación previa 5037/DFF/2004, respecto del caso Tláhuac, Félix argumentó que “no basta para estimar que todo el policía que no impide un determinado delito, cometa delito de omisión impropia, pues el deber general que tiene la policía de prevenir y perseguir delitos, y en ello, de proteger la integridad de las personas, como sus bienes, no la hace responsable de los delitos que no logra impedir”.
Y basó su defensa en el hecho de que Ebrard “instruyó de inmediato y aun desconociendo que los retenidos eran policías federales, que para su rescate se utilizara toda la fuerza policiaca disponible, de ser ello necesario, instruyendo a la vez su concentración para tales efectos, delegando así el mando operativo en sus mandos inferiores al cual se encontraba facultado por disposición de ley (...). Por si no bastara, él mismo se trasladó al lugar de los hechos para dirigir las acciones desde el aire a su llegada”.
Señaló que al consignarse a pobladores de la zona como autores intelectuales y materiales de los linchamientos, esa responsabilidad no podía imputarse al jefe de la policía, que en cambio sí habría buscado defender a las víctimas, aunque sin éxito.
De sostener su misma tesis de entonces, así como defendió a Ebrard tendría que defender a Joel Ortega, ya que en 2005 escribió Félix: “Es jurídica y materialmente imposible sostener que el secretario de Seguridad Pública del DF tenga la responsabilidad de dirigir cada acción policial (...); por ello, por disposición legal, actúa delegando funciones de mando”.
En 2008 reitera dicha tesis respecto del titular de la SSP-DF, pero aquí sí acusa al mando operativo, Guillermo Zayas, de haber sido quien personalmente propició el encierro de los jóvenes muertos.
“Está acreditado que (Zayas) nunca dio la orden para que los policías que formaban el muro de contención permitieran salir a los menores. Él podía y debía haber instruido, o al menos realizado, las acciones pertinentes para evitar los resultados; es por lo que se considera que su actuación es dolosa”, dice el funcionario.
Justifica la acusación de comisión por omisión en el hecho de que la inacción del ahora ex mando policiaco es vista por las leyes como el equivalente a haber causado de manera activa y dolosa las muertes que se produjeron en el lugar de los trágicos hechos, lo que hace tres años aseguró que no existió en el caso de Ebrard.
Es decir, de acuerdo con Félix, a diferencia de lo sucedido en 2004, aquí no hubo terceros que causaran los fallecimientos, sino que las acciones y omisiones de Zayas devinieron directamente en la muerte de las 12 personas, incluidos sus subordinados.
En este caso, de acuerdo con las declaraciones del procurador, el delito lo comete Zayas y no terceras personas, como en el caso de Tláhuac.