ella.grajeda@eluniversal.com.mxEl pleno de la Asamblea Legislativa aprobó reformas a la Ley de Protección a la Salud de los No Fumadores en el Distrito Federal, las cuales obligan a los restaurantes, cafeterías, oficinas, cines, teatros y centros de espectáculos a separar físicamente las áreas donde la gente usa tabaco.
Si las condiciones de espacio de los locales no permiten separaciones físicas, quedará prohibido fumar.
Incluso, los propietarios de estos lugares deberán tener un sistema de extracción y purificación de aire.
Las reformas a esta Ley todavía no se aplicarán, ya que falta hacer modificaciones a la Ley para el Funcionamiento de Establecimientos Mercantiles del Distrito Federal, de lo contrario se contrapondrían.
Esta ley se expidió por primera vez el 29 de enero del 2004 y generó también diversas reacciones de la sociedad civil.
El legislador Marco Antonio García Ayala, presidente de la Comisión de Salud en la ALDF, explicó que actualmente algunos restaurantes tienen áreas de fumadores y no fumadores. Sin embargo, no es válido porque de todos modos quienes no fuman aspiran el humo del cigarro.
En las modificaciones que ayer se aprobaron se exige que existan separaciones físicas, es decir una pared, un cristal u otra ubicación dentro del mismo espacio, para los fumadores.
En el caso de las escuelas públicas y privadas, queda prohibido fumar en aulas, bibliotecas, auditorios, sanitarios e instalaciones deportivas. Si alguien desobedece esta norma, será trasladado al Juez Cívico.
También en el transporte público de pasajeros, incluyendo taxis, no se podrá fumar.
Queda prohibido permitir a los menores de 18 años, aún acompañados de un adulto, el ingreso a áreas para fumadores en restaurantes, cafeterías, salas de espera, vestíbulos de cines, teatros, entre otros.
Los diputados de la Asamblea Legislativa establecieron un plazo no mayor a 60 días para realizar las adecuaciones a la Ley para el Funcionamiento de Establecimientos Mercantiles del Distrito Federal, a fin de armonizar su contenido con las reformas en materia de fumadores.
A la vez, solicitaron al gobierno local expedir el reglamento en un plazo no mayor de 60 días a la entrada en vigor de las presentes reformas.
También se incluye que en los establecimientos dedicados al hospedaje, se destinen para las personas fumadoras un porcentaje del total de las habitaciones que no podrá ser mayor a 25%.
Los propietarios de locales que no obedezcan estas nuevas reformas a la Ley de Protección a la Salud de los No Fumadores en el Distrito Federal, sus negocios podrían ser clausurados y también se harían acreedores a una multa de 100 hasta 500 veces de salario mínimo y arresto hasta de 36 horas.
Se arrepienten a última hora
En el debate, el PAN intentó detener el dictamen a través de una moción suspensiva, a pesar de que ya se había votado en lo general.
El legislador panista Ezequiel Rétiz fundamentó esta moción con el argumento de que habría una sobrregulación con la Ley para el Funcionamiento de Establecimientos Mercantiles del DF y la Ley para la Protección de los No Fumadores.
Finalmente, los panistas retiraron esta solicitud y las reformas a la Ley de Protección a la Salud de los No Fumadores en el Distrito Federal fueron aprobada por 46 votos en lo particular y 38 en lo general.
Entre los asistentes estaba una representante de la empresa Philips Morris, considerada una de las cigarreras más importantes en el mercado.
En las reformas a la ley, se incluye la prohibición a las tabacaleras para participar en la publicidad de sus productos o marcas, en la promoción o patrocinio de los eventos deportivos, culturales y sociales o actividades relacionadas con los mismos.