A pesar de que se anunció como un Reglamento de Tránsito Metropolitano homologado, existen dos versiones en los que se aplicarán criterios distintos para normar al transporte de la capital y del estado de México.Una revisión de los dos documentos emitidos ayer por cada uno de los gobiernos arrojó al menos 11 diferencias sustanciales en la aplicación de la normatividad.
Destaca, por ejemplo, que por conducir en estado de ebriedad, en la ciudad de México se castiga con arresto ante el Juez Cívico, mientras que en la entidad mexiquense deriva en la suspensión de la licencia de conducir por tres años y la remisión ante el Ministerio Público.
En el Reglamento Metropolitano del Distrito Federal se condiciona la verificación a aquellos automovilistas que tienen multas pendientes, en tanto en el Edomex, aunque actualmente aplica esta medida, no está contemplada en el nuevo reglamento.
El martes, autoridades de ambas entidades encabezadas por el gobernador Enrique Peña Nieto y el jefe de gobierno capitalino, Marcelo Ebrard firmaron el documento que entrará en vigor el 20 de julio.
A más de un año de sus análisis y discusión entre los 59 municipios y 16 delegaciones, no se logró un documento homologado al 100%.
El secretario de Seguridad Pública del DF, Joel Ortega Cuevas reconoció las diferencias y dijo que en un plazo de dos a tres años se unificarán todos los criterios.
"Esas (diferencias) dejan ver que no todo es tan plano sino que existen chipotes", dijo.
Las atribuyó también al hecho de que la ciudad de México está más regulada en materia de transporte que la vecina entidad.
Las diferencias
En el artículo 16 del Reglamento de la ciudad de México se obliga a los conductores a instalar en su vehículo tecnología de localización satelital en modelos de 2008 en adelante. Caso que en el estado de México ni siquiera se contempla.
Al respecto, Ortega Cuevas informó que el Edomex solicitó más tiempo para analizar este sistema.
También el gobierno local prohibió insultar o denigrar a los agentes de tránsito en el desempeño de sus labores, según se establece en el artículo 6, fracción 14. Lo que amerita una sanción de 20 días de salario mínimo vigente.
La versión del estado de México no integró esta prohibición.
Otra diferencia que se detectó fue que el gobierno capitalino decidió imponer un arresto de 20 a 36 horas inconmutables ante el Juez Cívico para quien maneje con un nivel mayor de 0.8 grados de alcohol en la sangre ó 0.4 miligramos aspirados por litro o bajo el influjo de narcóticos, así como el procedimiento del alcoholímetro.
En este tema, el Edomex decidió ser más riguroso y suspender por tres años a quien maneje alcoholizado y remitirlo al Ministerio Público.
Además, en la capital, el artículo 41 condiciona el procedimiento de verificación cuando los conductores tengan adeudos por multas o tenencia. Los municipios conurbados decidieron no incluir esta exigencia en el documento.
En cuanto a la pérdida de los 12 puntos, las dos entidades tabularon de manera distinta: el gobierno capitalino sanciona con seis puntos a quienes manejen bajo los efectos del alcohol o las drogas.
En ese tenor, el Edomex optó por suspender la licencia por tres años.