Si eres prestador de servicios profesionales , de arrendamiento o persona física con actividad empresarial , podrás gozar de los beneficios de utilizar el portal Mi Contabilidad del Servicio de Administración Tributaria ( SAT ).

Lo anterior a partir del primero de octubre.

Este servicio actualmente solo lo tienen las empresas, es decir, las personas morales desde el 2017.

De acuerdo con el SAT , se espera que alrededor de 3.8 millones de contribuyentes personas físicas se verán favorecidas con el esquema Mi Contabilidad .

Para ello, el brazo fiscal de la secretaría de Hacienda y Crédito Público emitió la regla correspondiente para ampliar el uso de Mi Contabilidad a personas físicas que tributen en el régimen de actividades empresariales, servicios profesionales y arrendamiento.

Entre las ventajas que tendrán los contribuyentes, será la opción de presentar sus pagos provisionales al elegir “clasificar facturas”.

Al utilizar la aplicación, se dará por cumplido el envío al SAT del archivo de la contabilidad electrónica, además de que ya no será necesario ingresar de forma mensual tú información contable, ni presentar la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros ( DIOT ).

El SAT invita a visitar el portal en dónde se podrá encontrar toda la información relacionada con la herramienta de "Mi Contabilidad" , así como utilizar los diferentes canales de comunicación con los que cuenta la autoridad para aclarar dudas.

vcr

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