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Los profesionales inmobiliarios necesitan capacitación para evitar el lavado de dinero en la compra y venta de inmuebles, ya que muchos desconocen que sólo se puede aceptar cierta cantidad de dinero en efectivo en las operaciones de compra-venta y renta de inmuebles.

Luis Pérez, abogado de Legal Global Consulting, dijo que de acuerdo con la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), existen más de 34 mil sujetos involucrados en el ramo inmobiliario que están obligados a emitir reportes de operaciones riesgosas en la compra-venta y renta de inmuebles.

“Lo que más se acostumbra en el sector inmobiliario es que si alguien vende su casa en 10 millones de pesos, le dicen al notario para efecto de pagar menos impuestos y menos por la escritura, que el comprador pagó 7 millones”.

“Pero después, los otros 3 millones de pesos se vuelven lavado de dinero, porque entran a la cuenta del vendedor 10 millones de pesos, pero sólo puede comprobar con la escritura que recibió 7 millones”, explicó.

Esos 3 millones de pesos no declarados constituyen lavado de dinero, aunque no necesariamente provengan de la venta de estupefacientes.

“Es dinero sano de la venta de tu casa, pero que no declaraste”, agregó el abogado.

La Ley Antilavado señala que en las operaciones inmobiliarias, el uso del efectivo está topado a 8 mil 25 días de salario mínimo; es decir, aproximadamente 600 mil pesos que se pueden pagar en efectivo, pero el resto se debe liquidar a través de cualquier otro vehículo financiero como cheque, certificado de depósito o transferencia bancaria.

La multa para los profesionales inmobiliarios que no reportan las operaciones sospechosas con efectivo o que rebasan el límite de lo que pueden recibir en efectivo en una operación de compra-venta de un inmueble oscila entre 100 mil y 4 millones de pesos, y cinco a 15 años de prisión por no declarar operaciones sospechosas.

En el caso de la renta de un inmueble, el límite de uso de efectivo es de 200 mil pesos anuales o el equivalente a mil 500 salarios mínimos.

Si una persona supera el pago de 200 mil pesos anuales en efectivo en la renta de un inmueble, los propietarios están obligados a emitir un reporte a la UIF.

En México existen más de 11 mil profesionales inmobiliarios, de acuerdo con el Inegi, pero operan muchísimos más en la compra, venta y renta de inmuebles.

“Los inmobiliarios están obligados a emitir reportes a la UIF cada vez que participan en una operación inmobiliaria, ya sea como intermediarios o como agentes, deben emitir un reporte al UIF mediante unos formatos que prevé la Ley Antilavado, pero la mayoría no lo hace”, indicó Pérez.

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