Fuera de plazo y rasurado se aprobó el paquete de leyes del Sistema Nacional Anticorrupción. Peña cancela evento de promulgación.

En mi pasada colaboración en este espacio esbocé la posibilidad de que no se cumpliera el plazo para la expedición de las leyes y reformas necesarias para la creación del Sistema Nacional Anticorrupción (SNA). Y, efectivamente, el plazo venció el 28 de mayo pasado y nuestros legisladores no lograron ponerse de acuerdo para expedir las normas en tiempo y forma. Sin embargo, el pasado viernes 17 de junio, el Senado de la República dio el último paso y aprobó las últimas dos leyes que integran el paquete de reformas correspondientes al SNA.

Son siete los cuerpos normativos que fueron expedidos y/o reformados para la dotar a las distintas instancias involucradas de las facultades necesarias para la implementación del SNA, a saber:

  • Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación (adecuación). Fortalece la organización y atribuciones de la Auditoría Superior de la Federación para fiscalizar el ejercicio de todos los recursos federales.
  • Ley Orgánica de la Administración Pública Federal (adecuación). Otorga mayores facultades a la Secretaría de la Función Pública para prevenir, identificar y sancionar faltas administrativas no graves.
  • Ley Orgánica de la Fiscalía General de la República. Establece las competencias y facultades de la Fiscalía Especializada en materia de delitos relacionados con hechos de corrupción y será la encargada de investigar y perseguir dichos actos. El titular de esta Fiscalía deberá ser propuesto y nombrado por el voto calificado de dos terceras partes del Senado.
  • Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa. Se crea este Tribunal que será el encargado de imponer sanciones a funcionarios y particulares que incurran en faltas administrativas graves.
  • Código Penal Federal (adecuación). Incorpora la tipificación de delitos relacionados con la realización de actos de corrupción. Las sanciones impuestas van desde la destitución, hasta la inhabilitación para desempeñar cargo público o participar en servicios u obras públicas por un plazo de uno a veinte años.
  • Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción. Establece los mecanismos de colaboración y coordinación de las instituciones que conforman el SNA; define la forma en que se diseñarán y evaluarán las políticas públicas en materia de prevención, detección, control, sanción y combate a actos de corrupción. Además, prevé la creación de un Comité Coordinador, un Comité de Participación Ciudadana y un Comité Rector del Sistema Nacional de Fiscalización
  • Ley General de Responsabilidades Administrativas (Ley 3de3). Establece obligaciones que todos los servidores públicos deben cumplir, los tipos de corrupción, así como procedimientos para detección, investigación y sanción. Al tratarse de una Ley General, los estados deben expedir leyes bajo sus lineamientos.

Sobre esta última, la conocida como “Ley3de3” se ha desatado una tremenda polémica, ya que la misma no fue aprobada en los términos propuestos por diversas organizaciones de la sociedad civil, quienes, a lo largo de los primeros meses de 2016 montaron una campaña para recabar firmas para la presentación de la primera iniciativa de ley ciudadana. La campaña logró recabar los datos y firmas de más de 600 mil mexicanos, esfuerzo del que el Observatorio Nacional Ciudadano formó parte activa.

Todas estas firmas fueron entregadas al Senado de la República como evidencia del apoyo ciudadano a esta iniciativa, cuyo emblema fundamental es, precisamente, el cumplimiento de la presentación púbica de 3 de 3 documentos: la declaración patrimonial, la declaración de intereses y la declaración fiscal de todos los funcionarios públicos. La propuesta, impulsada por organismos civiles y ciudadanos, tiene un objetivo claro: buscar una cultura política en México por medio de la cual los servidores públicos se transparenten ante la sociedad.

La declaración patrimonial sirve para documentar la integración del patrimonio del sujeto obligado, así como su evolución. Se deben presentar declaraciones de inicio y de conclusión de cargo público, así como declaraciones de modificación patrimonial. Su publicidad permite monitorear que el patrimonio del funcionario o persona de interés público crezca conforme a sus ingresos y los de sus familiares. La información que se pide en este documento incluye: ingresos, bienes inmuebles, vehículos, bienes muebles y otro tipo de valores del declarante.

La declaración de intereses tiene por objeto informar y determinar el conjunto de intereses de un servidor público a fin de delimitar cuando estos puedan entrar en conflicto con su función. Habrá intereses en conflicto cuando los intereses personales, familiares o de negocios del servidor público o sujeto obligado puedan afectar el desempeño imparcial de su empleo, cargo o comisión.

Hacer pública esta información permite evitar que, en caso de existir un conflicto de intereses, se privilegie el interés privado sobre el público, generando un beneficio indebido para el declarante o sus familiares. La información que se pide en este documento incluye: intereses económicos y financieros, actividades profesionales y empresariales, así como otros intereses tanto del declarante como de sus familiares en primer grado y dependientes económicos.

Finalmente, la declaración fiscal es el comprobante de que el declarante ha cumplido con su obligación de pago de impuestos.

Esta iniciativa “#3de3” logró permear en la mente de varios políticos en las pasadas elecciones con el fin de convencer a los votantes, pues las organizaciones civiles que promovieron esta ley, también promovieron que los candidatos a puestos de elección popular presentarán estos documentos bajo el lema: “Sí te piden tu voto, pídeles que publiquen #3de3”, para que los ciudadanos conocieran más a fondo a quienes aspiraban a un cargo público.  Según las estadísticas de la plataforma tresdetres.mx, 74 candidatos electos publicaron su #3de3.

Sin embargo, no ocurrió lo mismo en la mente de los legisladores que votaron la Ley. Pero… qué fue lo que pasó en el proceso de aprobación de la Ley 3de3 que tiene tan disgustados a quienes la promovieron.

Senadores y diputados votaron en contra de la máxima publicidad de sus declaraciones y el uso de los formatos #3de3 (artículo 29).  Además incluyeron una obligación de presentar #3de3 a empresarios y sus empleados, becarios, beneficiarios de asistencia social, pensionados y todas las personas físicas y morales que reciban recursos públicos (artículo 32).

Se argumenta que este último artículo haría inoperante la aplicación de la Ley, pues obligaría a millones de personas entre nacionales y extranjeras que, por cualquier motivo recibe recursos públicos.

En cuanto al artículo 29 se alega que no deben existir trabas para que la información de patrimonial, de intereses y de cumplimiento de obligaciones fiscales sea objeto de máxima publicidad. El texto aprobado por el Congreso de la Unión señala que las declaraciones serán públicas salvo los rubros que puedan afectar la “vida privada” dejando a criterio del intérprete aquello que menoscabe esa privacidad.

Tal fue el revuelo ocasionado por las organizaciones sociales y empresariales, que el evento previsto por la Presidencia de la República para anunciar la promulgación de este paquete de reformas y leyes que tendría lugar este miércoles pasado (22 de junio de 2016) fue cancelado. Hecho sin precedentes que hace albergar esperanzas, ya que el Ejecutivo Federal tiene la facultad de vetar esta Ley. El plazo constitucional para ello es de 30 días, vencerá el 17 de julio.

Ojalá el Presidente Peña no haga oídos sordos al clamor tanto de los más de 600 mil ciudadanos que suscribieron la iniciativa, como de los empresarios que, también en un hecho sin precedentes salieron a manifestarse en contra de los términos en que fue aprobada la famosa Ley 3de3.

En el ONC estamos convencidos de la necesidad del Sistema Nacional Anticorrupción, de los beneficios que traerá, al tiempo que acompañamos el reclamo de máxima publicidad de los documentos que integran el #3de3.

Mariana Cendejas

Directora de Vinculación. Observatorio Nacional Ciudadano

@MarianaCendejas @ObsNalCiudadano

(Consultado el 23 de junio de 2016)

(Consultado el 23 de junio de 2016)

(Consultado el 23 de junio de 2016)

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