![]() | Formato de impresión patrocinado por | ||
| Preguntas y respuestas del caso Microsoft |
|
EFE
El Universal Lunes 17 de septiembre de 2007 |
|
|
|
Éstas son algunas de las cuestiones clave para entender el caso:
- ¿Cómo y cuándo comenzó todo?
En 1998, el fabricante estadounidense de programas Sun Microsystems
presentó ante la Comisión Europea (CE) una denuncia contra Microsoft
por abuso de posición dominante. El fracaso de las conversaciones entre Bruselas y Microsoft para alcanzar una solución negociada desembocó en la multa de 497,2 millones de euros, impuesta en marzo de 2004 y que hoy confirmó la justicia europea.
- ¿En qué se basó la decisión de la CE contra Microsoft?
Bruselas sancionó a Microsoft por dos motivos principales. El primero,
por no ofrecer a otros fabricantes la información técnica necesaria
para fabricar programas compatibles con Windows, el sistema operativo
que utilizan alrededor del 95 por ciento de los ordenadores personales
del planeta.
La compañía dice que ceder esa información
permitiría a sus rivales copiar sus programas y señala que de esa
manera desaparecen los incentivos para innovar.
La Comisión
condenó además la estrategia de Microsoft de integrar en Windows el
reproductor audiovisual Media Player, a pesar de que eran productos
independientes, lo que permitió a la empresa de Redmond convertirse en
sólo dos años en líder de un mercado que hasta entonces no dominaba. La empresa de Bill Gates argumenta que la integración de Media Player no excluye que los fabricantes de ordenadores o los propios usuarios puedan incorporar a sus computadoras otros reproductores y niega, por tanto, que suponga una imposición de su reproductor.
- ¿Qué medidas propuso la CE para remediar el abuso de dominio de Microsoft?
Además de la histórica multa de más de 497 millones de euros, la CE
impuso en 2004 dos grandes obligaciones a Microsoft. Por un lado,
obligó a la empresa a ceder a otras empresas una serie de protocolos
para garantizar que sus programas se "entiendan" con Windows.
Por otra parte, forzó a Microsoft a vender una versión de Windows sin el reproductor Media Player. Respecto a la información que debe hacer pública, aunque la compañía ha ofrecido miles de páginas, Bruselas insiste en que todavía no es suficiente para garantizar la "interoperabilidad" .
- ¿Cómo calculó Bruselas el importe de la multa?
Según la legislación europea, las prácticas anticompetitivas como las
llevadas a cabo por Microsoft pueden ser sancionadas con multas de
hasta el 10% de la facturación obtenida por la compañía infractora en
el mercado y para los productos afectados. Además, deben ser
proporcionales a la duración y gravedad de la infracción. En cualquier caso, esos 497.2 millones representan un porcentaje pequeño en relación a los beneficios que obtiene anualmente Microsoft. En el último ejercicio fiscal, la compañía estadounidense logró un beneficio neto superior a 9 mil millones de euros.
-¿Qué dictamina la sentencia del Tribunal de Primera Instancia de la UE? El fallo anunciado hoy por la Corte respalda la práctica totalidad de la decisión de la CE contra Microsoft. Los jueces europeos se mostraron de acuerdo con la Comisión en que el gigante de Redmond abusó de su posición de dominio, consideraron adecuadas las medidas impuestas y también el importe de la multa.
-¿En qué contradice el Tribunal a la Comisión Europea?
El Tribunal anuló únicamente una medida de las aplicadas por la
Comisión: la designación de un "árbitro" independiente, a propuesta de
Microsoft, con capacidad para acceder a toda la información relevante
de la compañía, para supervisar el cumplimiento de la decisión de
Bruselas. Los jueces consideran que el Ejecutivo de la UE fue "demasiado lejos" con esta iniciativa, pues no tiene "autoridad" para obligar a Microsoft a dar tanto poder a un experto externo.
-¿Qué puede hacer ahora Microsoft?
La empresa norteamericana puede recurrir el fallo de la Corte ante la
instancia judicial superior, el Tribunal de Justicia de la Unión
Europea. Para ello tiene un plazo de dos meses y el recurso está limitado a cuestiones de derecho, por lo que en teoría no puede apelar el fondo de la sentencia.
-¿Qué pasa con el dinero de la multa?
Los más de 497 millones de euros permanecen en una cuenta bloqueada
desde 2004. Los fondos serán liberados cuando la sentencia sea firme
-es decir, si Microsoft no recurre o si el fallo del Tribunal de
Primera Instancia es confirmado por el Tribunal de Justicia-, en cuyo
caso iría a parar al presupuesto comunitario. Tal y como establece la normativa comunitaria, esa cantidad permitiría reducir las aportaciones de los Estados miembros al presupuesto de la Unión.
- ¿Cierra esta sentencia la batalla de la Comisión Europea contra Microsoft?
No, porque todavía está pendiente otro recurso de Microsoft ante el
Tribunal de Primera Instancia contra la nueva multa de 280,5 millones
de euros que le impuso la Comisión el año pasado por seguir sin acatar
la decisión de 2004.
Esa multa puede seguir aumentando, hasta
un importe de 3 millones de euros diarios, a contar desde agosto de
2006, si la empresa sigue incumpliendo las exigencias de Bruselas.
Además,
en marzo pasado el ejecutivo de la UE advirtió de que estudia nuevas
sanciones por los precios excesivos que cobra Microsoft a sus
competidores por ofrecerles los citados protocolos. La CE ya vigila "muy estrechamente" que el nuevo sistema operativo Windows Vista no incurra en prácticas ilegales.
- ¿Cómo afecta este caso a los consumidores? En la práctica, el usuario final no percibirá ningún cambio.
Sin
embargo, a medio plazo, la Comisión está convencida de que se impulsará
la competencia, con la posible entrada de nuevos competidores, y se
incentivará la innovación. |
|
© Queda expresamente prohibida la republicación o redistribución, parcial o total, de todos los contenidos de EL UNIVERSAL |