El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos (Inai) ordenó a Pemex buscar y dar a conocer todos los contratos que suscribió con la Operadora de Hospitales Ángeles SA de CV Puebla, que tuvieron por objeto brindar servicios médicos entre 2014 y el 1 de noviembre de 2016, así como cualquier documento en el que se adviertan los alcances de los mismos.

Pemex por conducto de la Dirección Corporativa de Procura y Abastecimiento, previo pago de reproducción y los costos de envío, proporcionó copia del contrato número 4800029388, celebrado con las empresas Medí Access Seguros de Salud, en consorcio con Ecaresoft México.

Inconforme con la respuesta, un ciudadano interpuso recurso de revisión ante el Inai, en el cual señaló que se le entregó un contrato de servicios médicos que no atendía lo requerido.

El ciudadano solicitó que se aclarara la respuesta y se proporcionara toda la información contractual con la que se rige el Hospital Ángeles de Puebla.

Señaló que en caso de que el hospital aludido fuera subcontratista, requería el contrato y sus anexos, o se aclarara si es que pertenece a la Red de Hospitales del Consorcio Mediacces-Ecaresoft y, en su caso, se incluyera el contrato en el que se adviertan las obligaciones de dicho nosocomio.

En alegatos, Pemex manifestó que el contrato entregado tiene por objeto la prestación de los servicios de Administración y Servicio Integral de Hospitalización Subrogada para proporcionar atención médica integral a trabajadores, jubilados y derechohabientes para otorgarse en 90 localidades adscritas a la Coordinación Nacional de Servicios Médicos Subrogados, dentro de las cuales se encuentra Puebla.


Durante el análisis del caso, la ponencia del comisionado Francisco Javier Acuña señaló que el ciudadano solicitó información de manera específica, consistente en contratos celebrados con una empresa identificada; no así, de manera genérica el contrato por medio del cual el sujeto obligado brinda los servicios médicos subrogados en Puebla.

Es decir, se apuntó, con la información entregada, el sujeto obligado dejó al particular en un estado de incertidumbre, toda vez que no aclaró la relación de los contratos entregados y la información peticionada.

Además, se dijo, Pemex realizó una interpretación errónea de la solicitud, situación que lo llevó a proporcionar documentales que no atienden lo requerido, por lo que no puede validarse la búsqueda efectuada en la Dirección Corporativa de Procura y Abastecimiento.

cfe

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