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El personal de seguridad que labora en las diferentes áreas del Consejo de la Judicatura Federal (CJF) no realizará las evaluaciones de control de confianza cada año.

Mediante una modificación acordada por el pleno de la Judicatura, estas evaluaciones se realizarán cada tres años, tal como se efectúan en las instituciones de seguridad pública.

“El artículo 67 de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública establece que los certificados que acreditan los requisitos de ingreso a las instituciones de seguridad pública es de tres años, uno de ellos es acreditar los procesos de control de confianza”, señala el acuerdo del pleno.

“Atendiendo al principio jurídico que señala donde existe la misma razón debe prevalecer la misma disposición, se amplía el plazo para la evaluación de control de confianza de uno a tres años”.

La modificación afectó el artículo 924 del Acuerdo General del pleno del CJF en el que se establecen las disposiciones de actividad administrativa.

Con ella, los servidores públicos de nuevo ingreso serán sometidos a la evaluación de control de confianza por parte de la Coordinación de Seguridad en un plazo no mayor a tres meses a partir de la fecha de su ingreso, las subsecuentes evaluaciones serán cada tres años o cuando así lo determine la Comisión de Vigilancia, Información y Evaluación a propuesta de la propia coordinación.

El personal de seguridad del CJF se dedica a vigilar y salvaguardar las instalaciones de los 818 órganos judiciales que integran la Judicatura en el país, divididos en 229 tribunales Colegiados, 91 Unitarios, 394 juzgados de Distrito, 37 centros de Justicia Penal Federal, 27 tribunales Colegiados de Circuito Auxiliares, 6 tribunales Unitarios de Circuito Auxiliares y 34 juzgados de Distrito Auxiliares.

Los empleados de seguridad encargados de cuidar las instalaciones son reclutados y seleccionados por la Coordinación de Seguridad y la Dirección General de Recursos Humanos.

Se toman en cuenta tanto el perfil, sus competencias, certificaciones, edad, escolaridad, cargos y funciones operativas, desempeño y evaluaciones. Se contempla la experiencia de la persona en la atención o prestación de servicios de seguridad.

Otro de los elementos a considerar es el nivel de dominio en los protocolos en materia de acceso a instalaciones, atención ante situaciones de riesgo, despliegue de fuerzas de reacción, amenaza por artefactos explosivos, registro de incidentes, entre otros.

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