Por primera vez en la historia de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctima (CEAV), se autorizó a dos víctimas y sus familiares el acceso a los recursos del Fondo de Ayuda, Asistencia y Reparación Integral (FAARI), sin la emisión de una sentencia judicial o una declaratoria de víctima emitida por la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH).

La resolución aprobada por el Pleno es en favor de dos militares en activo que fallecieron en los hechos violentos ocurridos el 1 de mayo de 2015 entre los municipios de Casimiro Castillo y Villa Purificación, en Jalisco, cuando murieron seis soldados.

En boletín, Hernández Barros enfatizó que dicha acción es aplicable sin que medie sentencia o recomendación de la CNDH, en virtud de que, “la no aplicación de una compensación subsidiaria a favor de las víctimas directas e indirectas solo trae prejuicio y revictimización”, al no acceder eficazmente al derecho establecido por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicano.

“Es así que esta resolución histórica abona en la restitución del derecho de las víctimas, a las cuales tenemos la obligación de proteger inmediatamente, y ya una vez que se ejerza la acción penal contra alguna persona inculpada, la autoridad jurisdiccional podrá determinar y condenar la reparación del daño”, explicó el Comisionado Presidente de la CEAV.

cg

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