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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) admitió a trámite la acción de inconstitucionalidad promovida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) contra cuatro artículos del Código de Justicia Militar (CJM) y 40 del Código Militar de Procedimientos Penales (CMPP) por considerar que violan la prohibición de la extensión de la jurisdicción militar sobre personas civiles.

En los artículos 278, 282, 283 y 286 del CMPP, la CNDH señala que se permiten diligencias como cateo o ingreso a domicilios particulares de civiles, buques, embarcaciones, aeronaves, medios de transporte extranjeros en territorio mexicano, residencias públicas, así como el ingreso de una autoridad sin autorización judicial.

En el caso del 282 y 283 se prevé la práctica de cateos en residencias u oficinas de los poderes Ejecutivo, Legislativo o Judicial de los tres órdenes de gobierno o en su caso organismos constitucionales autónomos, así como el resguardo domiciliario por autoridad incompetente y el aseguramiento de bienes por valor equivalente.

Al ser atraída, la Corte también analizará si existen violaciones a los derechos a la libertad personal, de acceso a la información y a la libertad de tránsito, al debido proceso, a la seguridad jurídica, garantías constitucionales de los actos de molestia, a la privacidad o vida privada, a la integridad personal, a la protección de datos personales, a la presunción de inocencia, a no injerencias arbitrarias, a la reinserción social, de las víctimas, así como los principios generales del proceso penal, pro persona y de legalidad.

La acción de inconstitucionalidad que atrajo el ministro Arturo Zaldívar Lelo de Larrea considera que se transgreden los artículos 1°, 6°, 11, 13, 14, 16, 17, 18, 19, 20, 21 y 102, apartado B, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 2, 5, 7, 8, 11 y 21 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, y 9, 10, 14 y 17 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.

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