La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) resolvió que no se configuró violencia política de género en contra de la candidata de Morena al gobierno mexiquense, Delfina Gómez , sino que los señalamientos que recibió de oponentes políticos fueron en ejercicio de la libre expresión.

Gómez Álvarez denunció a los líderes del PAN, Ricardo Anaya, del PRI, Enrique Ochoa, además de acusar al ex presidente Felipe Calderón y a otros actores, de emitir expresiones que buscaban demeritarla por su condición de mujer, con lo que se habrían violado sus derechos.

Esta noche el TEPJF resolvió que en las contiendas políticas “debe existir un intercambio de ideas desinhibido o una crítica fuerte a las personas que participan en ella, de forma directa o indirecta, a los partidos políticos, así como a los postulados y programas de gobierno que se proponen”, con el fin de promover el voto informado.

En su denuncia, Morena presentó como muestras de la violencia política de género contra su candidata el mensaje de Twitter de Calderón, donde escribió: “¿Delfina es nombre propio? ¿O así le dicen por cómo la trata quien la nombró y es su jefe?”, mensaje que luego borró el ex mandatario de sus redes sociales.

En el caso de Anaya, Morena denunció que en una conferencia de prensa éste definió a Gómez Álvarez como “títere”.

A Ochoa Reza lo señaló por expresar en un comunicado que un “titiritero” quiere gobernar el Estado de México, en referencia a Andrés Manuel López Obrador, dirigente de Morena,

El Tribunal estableció que la confirmación de los hechos –tres expresiones- no ratifica la existencia de violencia política de género.

Morena “parte de la premisa equivocada de que la acreditación de los hechos, es decir, la emisión de las expresiones implica automáticamente la configuración de violencia política de género, cuando para ello es necesario analizar si en el caso se configuran los cinco elementos previstos en la jurisprudencia de esta Sala Superior y en el protocolo para atender la violencia política contra las mujeres.

Al analizar las expresiones, se constata la existencia de tres de los referidos elementos, pero no se acredita que exista la irregularidad denunciada, se estableció.

ml

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