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La Secretaría de Salud (Ssa) deberá reforzar programas de prevención, tratamiento, rehabilitación, reinserción social y control del consumo de cannabis sativa, índica y americana, o marihuana y sus derivados en menores de edad y adolescentes.

La Ssa tiene que ayudar a las personas con adicciones, establece el decreto que fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el pasado 20 de junio. El Consejo de Salubridad General, a partir de los resultados de la investigación nacional, deberá conocer el valor terapéutico o medicinal que lleve a la producción de los medicamentos que se deriven de la cannabis, a fin de garantizar la salud de los pacientes.

En la Ley General de Salud se explica la importación de sustancias sicotrópicas. Productos o preparados que contengan cannabis serán autorizados por la Secretaría de Salud, en este rubro entran los suplementos alimenticios que desde noviembre de 2015 han entrado al país con la autorización de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris).

Se detalla que los productos que contengan cannabis en concentraciones de 1% o menores de tetrahidrocannabinol (THC) y que tengan usos industriales podrán ser vendidos, exportados o importados, siempre y cuando cumplan los requisitos.

La reforma del Código Penal Federal, permite cosechar o cultivar plantas de marihuana en el país, pero sólo con fines médicos y científicos.

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