La Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) prohibió que los partidos empleen en sus spots de televisión o redes sociales “dramatizaciones o escenificaciones” donde actúen niños en escenas de violencia o delitos, “sea en forma activa o pasiva que los pueda poner o someter a un estrés innecesario”.

En sesión pública esta noche los magistrados resolvieron un recurso promovido por el PRI en contra del PAN, partido al que el Instituto Nacional Electoral (INE) retiró del aire el promo de televisión “ Cristalazo ”, difundido durante las campañas en el estado de México.Los magistrados resolvieron por unanimidad que sí era procedente el retiro del aire, pero además ordenaron al partido eliminar de internet, e incluso de la red social Facebook --donde el PAN publicó el promo-- todo " rastro " de la imagen de la menor que actúa en el spot.

Además sancionaron al PAN con amonestación por uso indebido de la pauta al causar una “afectación al interés superior de la niñez” y no tener el debido cuidado.

En el spot, difundido durante las campañas en el estado de México, aparece una madre y su hija dentro de una camioneta, a la que delincuentes dan “cristalazo” para atracarlas.

Ese tipo de escena violenta , de acuerdo al PAN, se comete todos los días en la entidad, razón por la que la empleó como parte de sus mensajes, para lo que contó con la autorización de la menor que apareció a cuadro y sus padres o tutores.

Pero según los magistrados hubo una posible afectación al interés superior de la niñez, porque se alojó el video en la red social e incluyó la imagen de la niña en una situación de violencia y tensión social, lo cual “la puso en un riesgo potencial”

Y RECHAZAN CALUMNIA CONTRA AMLO

En la sesión la Sala Regional declaró inexistente la calumnia contra el líder de Morena, Andrés Manuel López Obrador , por la difusión del spot “inocente con” pautado por el PRI.

En el mensaje denunciado, el líder nacional del PRI, Enrique Ochoa, expone los casos de René Bejarano, Gustavo Ponce, ex secretario de Finanzas y la diputada veracruzana Eva Cadena.

También por unanimidad los magistrados determinaron que no incurrió en actos anticipados de campaña el ex gobernador Rafael Moreno Valle, acusado por aparecer en espectaculares en Quintana Roo y Campeche para promover un libro autobiográfico, ya que la publicidad es una estrategia de la editorial.

En otro caso, se desestimó un recurso de Morena contra el PVEM por presunto uso irregular del padrón y franquicia postal para difundir folletos en el estado de México relativos a un punto de acuerdo legislativo sobre el programa de medicamentos.

La información es “de utilidad para las personas en necesidad” consideraron los magistrados.

Tampoco se acreditaron irregularidades del PAN por difundir el promo “Paraíso” en el estado de México –como acusó el PRI—no de Morena por pautar el spot “Hagamos historia” transmitido en Veracruz. En ambos casos no se confirmó la existencia de calumnia denunciada por el PAN.

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