Por unanimidad la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó la decisión del Instituto Electoral del Estado de México (IEMM) por la que se descartó seguir el proceso de registro de tres aspirantes a candidatos independientes a gobernador del estado.

Los magistrados consideraron que ninguno de los prospectos a abanderados sin partido, Marciano Javier Ramírez Trinidad, Vicente Sánchez Fabila y Guillermo Eduardo Antonio Ortiz Solalinde reunieron los requisitos.

En este último caso resolvieron que no es excesivo ni desproporcionado, como lo aseguró el impugnante, el requisito de reunir, en 60 días, apoyo ciudadano equivalente al 3% de la Lista Nominal de Electores mexiquense.

Recordaron que esos requisitos son constitucionales, como ya lo ha determinado la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) desde 2014.

En el caso de Ramírez Trinidad no presentó su escrito de solicitud en tiempo, pues el plazo era el 29 de marzo y la presentó hasta el día 31 de eses mes.

Para el caso de Sánchez Fabila –estableció el magistrado José Luis Vargas Valdéz-  aunque alegó que otros sistemas electorales establecen el requisito de sólo 1 % de firmas de apoyo, no presentó ninguna.

Además, se insistió, reunir apoyos ciudadanos de 3 % de la Lista Nominal es requisito válido, según la SCJN, para demostrar “popularidad aceptable entre la ciudadanía que haga evidente una mínima eficiencia competitiva y se justifique la eventual entrega de recursos públicos necesarios para la campaña”.

DESECHAN IMPUGNACION DE MORENA

En la sesión pública la Sala Superior del TEPJF desechó además un recurso de la candidata de Morena al gobierno del estado de México, Delfina Gómez, quien impugnó el decreto 197 emitido el 30 de marzo por la LIX Legislatura del Congreso del estado, por el que se determinó que no debe suspenderse, durante las elecciones, la entrega de 67 programas sociales.

Los  magistrados consideraron que la abanderada “carece de interés jurídico para controvertir normas legislativas en abstracto” y además el decreto “no le causa perjuicio directo por su sola entrada en vigor”.

Gómez promovió el recurso con el argumento de que esa decisión legislativa le afecta en sus derechos político electorales, al no permitir que contienda en la elección mexiquense en condiciones de equidad e imparcialidad con la entrega indiscriminada de “dádivas”.

ahc

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