En sesión privada  y por unanimidad la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó las medidas cautelares emitidas por la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) por la que el pasado 22 de febrero dejó sin spots al precandidato del PAN al gobierno de Coahuila, José Guillermo Anaya Llamas.

Esa decisión de la  Comisión del INE se dio tras valorar que sería “una  medida compensatoria”, pues el otro precandidato, Roberto Carlos López García, no ha aparecido en los spots.

En esa discusión los consejeros debatieron que ese caso podría ser un posible “fraude a la ley”, ya que sólo aparece imagen y voz de un solo precandidato, pues el otro en contienda “declinó” por escrito aparecer.

Los magistrados determinaron que la Comisión sólo debió realizar un análisis preliminar y no del fondo del caso, situación que se dará cuando se analicen (lo que toca a la Sala Regional Especializada o, en su momento, a la Sala Superior) todos los elementos necesarios “y así determinar cuáles son las consecuencias jurídicas que tiene el que un precandidato renuncie a usar tiempos en radio y televisión”.

La Comisión del INE en cambio, “emitió una resolución que va en contra de la naturaleza de las medidas cautelares, en las cuales sólo debe hacerse un análisis preliminar del caso planteado”, resolvieron los magistrados.

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