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El vicecoordinador del PRI en la Cámara Baja, Jorge Carlos Ramírez Marín, presentó una reforma constitucional con la que busca eliminar el juicio de procedencia del Palacio Legislativo de San Lázaro cuando senadores y diputados federales y locales hayan cometido un delito durante el ejercicio de sus funciones o en otro cargo.

La propuesta presentada ante la Comisión Permanente busca adicionar un párrafo al artículo 112 de la Constitución para que diga: “Tampoco se requerirá la declaración de procedencia de la Cámara de Diputados, cuando senadores y diputados federales y locales hayan cometido un delito durante el ejercicio de las funciones de otro cargo distinto al que se encuentran ejerciendo”.

En el documento presentado en la Gaceta Parlamentaria explica que nuestro país ha logrado superar aquellas épocas marcadas por la inestabilidad y se ha conformado como una nación democrática, que fomenta una cultura de transparencia y rendición de cuentas a través de transiciones políticas pacíficas.

Sin embargo, no ha estado exento de diversos servidores que, haciendo uso de distintos cargos e investiduras, se han escudado bajo los beneficios brindados por el fuero, a fin de evitar responder y rendir cuentas respecto de actos que hayan realizado con anterioridad al puesto que actualmente ejercen.

Este texto se presenta con el objetivo de cumplir con la función fundamental del fuero, que consistente en proteger el cargo y no a la persona que lo desempeña como un privilegio adscrito a la misma.

“Acatar e impulsar los principios que rigen el servicio público, establecidos en el capítulo II, artículo 5 de la Ley General del Sistema Anticorrupción: la legalidad, equidad, transparencia, integridad, objetividad, profesionalismo, honradez, lealtad, imparcialidad, eficiencia, eficacia, economía y competencia por mérito”, detalla el texto.

Además, atender a las demandas de la sociedad, de contar con legisladores íntegros comprometidos con la transparencia y el combate a la impunidad; tomar medidas dirigidas al fortalecimiento institucional y prevención de hechos de corrupción y evitar que los servidores que deban rendir cuentas por actos presuntamente constitutivos de delitos se escuden en la investidura de legislador, a efecto de no ser procesados o detenidos.

“La presente iniciativa busca: agregar un tercer párrafo al artículo 112 constitucional, a fin de especificar los casos bajo los cuales senadores y diputados federales y locales no gozarán de un procedimiento penal especial cuando cometan un delito en el ejercicio de funciones de otro cargo al que estén ejerciendo”, describe la propuesta.

Además, detalla que en el Sistema de Información Legislativa define al fuero como: “La prerrogativa de senadores y diputados —así como de otros servidores públicos contemplados en la Constitución— que los exime de ser detenidos o presos, excepto en los casos que determinan las leyes, o procesados y juzgados sin previa autorización del órgano legislativo al que pertenecen: Parlamento, Congreso o Asamblea”.

Dentro de la terminología legislativa de la Cámara de Diputados, el fuero está definido de la siguiente manera: “Constituye una garantía a favor de personas que desempeñan determinados empleos o se ocupan en determinadas actividades, en virtud de la cual su enjuiciamiento se halla sometido a jueces especiales. Garantía de que gozan determinados servidores públicos en virtud del cargo que ostentan”.

El ex ministro de la Corte Juventino V. Castro y Castro, en su obra El Sistema constitucional en las declaratorias de procedencia (desafueros), resume el concepto de fuero constitucional como “un privilegio procesal —o requisito de procedibilidad— reconocido a ciertas funciones públicas, pero que se materializa en los titulares de ellas”.

Es importante precisar que sin distinción alguna, la función principal del fuero es la misma que señala el ministro Sergio Valls cuando establecía que: “El fuero no protege a la persona en sí misma, sino al cargo que desempeña”.

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