La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) decidió no atraer el caso de la periodista Carmen Aristegui, quien mantiene una batalla legal contra la empresa MVS Radio para que sea restituida en el espacio de noticias, por lo que será un tribunal colegiado el que resuelva en definitiva el asunto.

Ayer, en sesión privada, los ministros de la primera y segunda salas del máximo tribunal discutieron si alguno hacía suya la solicitud formulada por Carmen Aristegui para atraer el caso.

Aproximadamente una hora después de haber iniciado las reuniones privadas, ninguno de los ministros de la Primera Sala hizo suya la petición; minutos después, los ministros de la Segunda Sala tampoco tomaron el caso para presentar un proyecto y ser discutido en sesiones posteriores.

El pasado 13 de mayo, el juez Octavo de Distrito en Materia Administrativa del Distrito Federal, Fernando Silva García, resolvió que la empresa MVS tiene que reintegrar a Carmen Aristegui los pagos y remuneraciones pactados en el contrato macro hasta que se dicte la sentencia de fondo o bien hasta que termine la vigencia del contrato firmado entre ambas partes, sin que eso implique que la periodista fuera reintegrada al espacio informativo.

El 21 de mayo, Carmen Aristegui y los representantes de la empresa MVS sostuvieron una segunda reunión sin que tuvieran algún acuerdo entre las partes para un posible regreso de la periodista al programa radiofónico Primera Emisión.

Ese mismo día, la empresa dio a conocer que había interpuesto una demanda en contra de Aristegui por el uso indebido de contenidos violando la propiedad intelectual e industrial, derechos de autor, uso de recursos sin autorización y comprometer a la empresa.

La demanda fue aceptada en el juzgado de distrito décimo cuarto en materia civil, la razón, explicó la empresa MVS, fue porque la periodista incumplió un contrato al utilizar información del programa de Noticias MVS Primera Emisión, para su portal de internet, y de la cual obtuvo ganancias.

Indicó que la periodista incorporó en su página videos que formaban parte del noticiario de MVS con los que tuvo audiencia y venta de publicidad, obteniendo un lucro indebido.

Con la negativa, será ahora el cuerpo colegiado el que analice si se puede obtener un amparo contra una empresa concesionaria de un espacio del Estado.

El tribunal estudiará de fondo el alcance de la libertad de la empresa frente a la libertad de expresión e independencia de Carmen Aristegui, tomando en cuenta todas las pruebas que hayan presentado las partes. Se enfocarán a determinar qué alcance de la libertad de MVS, como una empresa concesionaria, tiene para terminar de forma anticipada un contrato.

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