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Un tribunal federal solicitó a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) que ejerza su facultad de atracción para conocer de un amparo en revisión contra las fotomultas aplicadas en la Ciudad de México.

Se trata de uno de las acciones concedidas en marzo por el juez octavo de distrito en materia Administrativa en la Ciudad de México en el que las fotomultas establecidas en el Reglamento de Tránsito capitalino fueron declaradas inconstitucionales por considerarlas violatorias de la garantía de audiencia.

La sentencia fue impugnada por el Gobierno de la CDMX y remitida originalmente al Vigésimo Tribunal Colegiado en materia Administrativa quien registró el recurso de revisión bajo el número 17/2017.

Conforme a las medidas para aminorar la carga de trabajo, implementadas por el Consejo de la Judicatura Federal (CJF), el asunto fue remitido al Tercer Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Décima Región, con residencia en Saltillo, Coahuila.

Allí, el pasado 12 de junio los magistrados de Saltillo informaron al tribunal capitalino que ante las razones relevantes de que está investido el asunto debían ser los ministros quienes resuelvan si revisarán o no, el actuar del juez octavo.

La sentencia recurrida que, para el caso de ser atraída por la Corte deberán revisar los ministros, estableció que un video o una foto no deben generar, automáticamente una sanción administrativa o penal.

Reconoció que la finalidad de las fotomultas es legítima y loable porque buscan proteger la seguridad vial y la integridad de las personas pero, afirmó, es insuficiente para justificar la afectación de los derechos fundamentales de los ciudadanos.

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