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La Norma 26 —que incentiva la producción de vivienda popular y de interés social— se mantendrá suspendida durante tres meses más, hasta el 30 de junio próximo, informó la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda local (Seduvi).

Este ordenamiento se encuentra suspendido desde el 19 de agosto de 2013 debido, en gran medida, a los abusos de los constructores, ya que la normatividad permitía edificar niveles adicionales siempre y cuando se tratara de vivienda popular, pero los inmobiliarios producían edificaciones de nivel medio o de lujo y así lucraban con esta disposición.

A través de un aviso en la Gaceta Oficial, la Seduvi emitió ayer una prórroga más a la suspensión de la Norma 26 —del 1 de abril al 30 de junio próximo— con lo cual dicha reglamentación llegará a tres años y 10 meses congelada.

La suspensión “no aplica para los proyectos de promoción y/o programas que tengan como finalidad la construcción de vivienda de interés social y popular y que sean desarrollados por el Instituto de Vivienda del Distrito Federal (Invi) u otros organismos públicos”, precisó en el aviso Felipe de Jesús Gutiérrez Gutiérrez, titular de la Seduvi.

Amplían puesta en marcha. La ampliación de este término ocurre a una semana de que fuera promulgada una nueva Ley de Vivienda para la Ciudad de México, la cual contiene diversos mecanismos de financiamiento, incluso la participación de la iniciativa privada, para generar vivienda asequible a las personas de escasos recursos.

La última prórroga a la suspensión de la Norma 26 se emitió del 1 de enero al 31 de marzo de este año y durante el tiempo que ha persistido sin aplicación, se ha llevado a cabo un estudio técnico.

Los avances del estudio, señaló la secretaría, “permiten establecer la posibilidad de encontrar nuevas alternativas para la producción de vivienda de interés social y popular, a través de mecanismos normativos que establezcan estímulos y lineamientos de procedimiento y control, cuyos alcances se están definiendo”, indicó la Seduvi.

Sin embargo, precisó que “resulta necesario” mantener la suspensión “a fin de contar con el tiempo suficiente para concluir el estudio técnico y, con base en la información que se obtenga, determinar la conveniencia de su permanencia, modificación o, en su caso, abrogación”.

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