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El conductor que el 17 de noviembre de 2015 atropelló y mató a Montserrat Paredes Alva, cuando la joven de 21 años circulaba en una Ecobici sobre Reforma, en la Primera Sección del Bosque de Chapultepec, recibió de la juez Belem Bolaños una sentencia absolutoria por falta de pruebas contundentes del Ministerio Público hacia el inculpado del accidente.

Al final del juicio oral, Bolaños ordenó dar vista a la Procuraduría General de Justicia capitalina por las deficiencias de los Ministerios Públicos y citó para la siguiente semana a una audiencia para explicar a la defensa y a la dependencia investigadora el porqué de su fallo.

En la audiencia final que se realizó esta semana, la juez explicó a los familiares que el Ministerio Público no pudo comprobar de manera científica y pericial la participación del imputado en el homicidio doloso. Al no existir pruebas contundentes en su contra, el hombre de 50 años de edad quedo libre de culpa, lo que provocó el enojo de los padres de la ciclista.

En la sala de juicio oral que se ubica sobre la calle Sullivan, de la colonia San Rafael, se explicó que el Ministerio Público no integró bien el expediente y se detectaron varias irregularidades que no fueron aceptadas por el juez. De entre las pruebas que mostraron para sentenciarlo se presentó la bitácora de salida firmada por el chofer.

El imputado desconoció la rúbrica y el Ministerio Público no realizó los exámenes para demostrar que la firma efectivamente era de él; además, de los más de 20 pasajeros que viajaban en la unidad el día del accidente, sólo declararon ante el juez poco menos de la mitad, quienes manifestaron no darse cuenta del incidente.

En este sentido, el Ministerio Público tampoco pudo localizar al resto de los pasajeros y se quedó sólo con la versión de los entrevistados. Estos argumentos no fueron suficientes para que la juez continuara con el proceso, por lo que determinó dejar en libertad al chofer.

Esto porque con la reforma penal, el Ministerio Publico debe demostrar la responsabilidad del imputado ante el juez, debido a que se da prioridad a la presunción de inocencia y al no comprobarse de manera pericial y científica la participación del conductor del vehículo en el homicidio doloso, no hay delito que perseguir.

El caso de Montserrat Paredes fue el primero de alto impacto que se celebró después de la implementación de la nueva reforma penal.

Además, este hecho causó controversia porque en primera instancia el presunto responsable se dio a la fuga al argumentar que no se dio cuenta de que la había atropellado y al momento de su identificación y detención, quedó en libertad bajo las reservas de ley.

Esto provocó molestia de los familiares de la joven y de la comunidad ciclista en la ciudad, pues exigieron mayor seguridad para ellos, así como un castigo ejemplar para los conductores que de manera imprudente atropellen a los que usan bicicletas en la ciudad.

Sin embargo, en este caso el Ministerio Público no pudo demostrar en juicio oral que el señalado como responsable participó o provocó la muerte de la joven de 21 años.

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