El 30 de abril se presentó el Plan Nacional de Desarrollo. Se ha identificado, correctamente, la existencia de dos documentos en lo que, desde luego, debiera ser uno. La dualidad es evidente si se comparan desde elementos tan sencillos como la tipografía o la sintaxis, hasta cuestiones más complejas como la calidad de los diagnósticos o las soluciones planteadas. Al parecer, una versión fue preparada por el Presidente de la República y su equipo, y otra por la Administración Pública Federal encabezada por la Secretaría de Hacienda. Imaginemos un ejemplo análogo para hacer evidente la cuestión, es como si a una novela con sus ritmos y tramas, se le agregara otra con unos distintos. Salvo los esfuerzos deliberados y conocidos por alcanzar dualidades, lo logrado en lo que debiera ser un instrumento único y coherente de acción pública, es altamente preocupante.

En los acelerados y atropellados días que transcurren, tal dualidad puede parecer curiosa, justificable o hasta justificada. ¿Qué de malo tiene, podría decirse, que haya mezclas e incongruencias? Quienes así o cercanamente piensan del documento aludido, seguramente parten de considerarlo inútil al asumir que ni la política ni el gobierno tienen que estar acotados, o inservible por creer que es solo una hoja de ruta de la acción cotidiana que busca trascender viejos moldes para alcanzar nuevos horizontes. Sin embargo, si nos tomamos en serio el derecho, eso que las normas jurídicas marcan y no las caricaturizaciones que del mismo se hacen para ridiculizarlo e inobservarlo, la dualidad de documentos plantea problemas. Unos, respecto a las funciones de la Cámara de Diputados; otros, para la construcción de las normas y los presupuestos que podrán o no establecerse y, unos más, finalmente, para la coordinación de las acciones entre el Gobierno Federal, los gobiernos locales y los sectores social y privado.

Así como pasa con los relatos no logrados, un documento diagnostica de cierta manera la realidad y otro lo hace de manera distinta. En su propia congruencia interna, un documento propone sus metas y rutas, y el otro las suyas. ¿Qué hará la Cámara de Diputados al momento de estudiarlo y, en su caso, aprobarlo? ¿Asumirá para sí una inexistente unidad, construirá una narrativa única y coherente o suprimirá una parte en demérito de la otra? De lo que hagan los diputados federales dependerá, así tal cual, lo que pueda ser el ritmo y la dirección legislativos y presupuestales del sexenio que corre. A final de cuentas, nos mostrarán una cuestión más sutil, de esas de las que a diario se habla y es difícil observar.

Entre otras cosas, el Plan Nacional de Desarrollo es un instrumento de control del Congreso de la Unión al Presidente de la República. La arquitectura del Sistema Nacional de Planeación previsto en la Constitución y en la Ley de Planeación, le imponen al titular del Ejecutivo Federal la carga de elaborar un Plan, no para favorecer su lucimiento personal ni entronizarlo en la vida pública, sino como un medio para hacer que exprese sus intenciones, pueda controlarse su ejercicio y hacerlo rendir cuentas. Al quedar aprobado el Plan, el Presidente deberá sujetar su acción a lo que el Congreso haya aprobado y el Congreso deberá exigirle que así lo haga. El documento aprobado genera una condición de reciprocidad entre ambos órganos que, desde luego, tiene que desenvolverse mediante normas jurídicas.

Será interesante ver lo que hace la Cámara de Diputados con los dos documentos presentados a efecto de darse y darnos un Plan Nacional de Desarrollo. ¿Se nos dirá que las diferencias son tan irrelevantes que no vale la pena tomarlas en cuenta, o se asumirá que el único y verdadero Plan son las sesenta y cuatro hojas del que al parecer formuló el Presidente? A partir de los ajustes textuales resultantes, podremos ver si la Cámara de Diputados está dispuesta a ejercer a plenitud sus funciones constitucionales o a aprobarle al Presidente, prácticamente, cualquier cosa que le mande, que para eso es Presidente.

Ministro en retiro. Miembro de
El Colegio Nacional. @JRCossio

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