La familia puede destruirse por una herencia. Para ejemplos, Pedro Infante. El ídolo de Guamúchil murió en 1957 en un accidente de avión pero fue hasta 1991 —34 años después— que se dio a conocer el fallo legal que designó a los sucesores legítimos del actor. En el camino, hubo peleas, desalojos con patrulla y toda clase de enfrentamientos entre nietos, hijos y demás parientes del cantante mexicano.

El de Infante es sólo un ejemplo público pero la realidad es que puede pasar en cualquier familia. No dejar testamento es dejarle a la ley que decida a quienes va a pasar el patrimonio de alguien a su muerte. Y si esta designación por ley no deja contentos a los familiares, muy probablemente derivará en conflicto.

La muerte es inevitable y muchas veces imprevisible. Y la cultura de la previsión en el país no está muy extendida. Según cifras de la Secretaría de Gobernación citadas en un punto de acuerdo de la Cámara de Diputados, sólo uno de cada 500 mexicanos tiene testamento.

Precisamente con el propósito de fomentar la cultura testamentaria, la Secretaría de Gobernación, en conjunto con los gobiernos locales y el notariado mexicano, desde 2002 se ha lanzado la campaña “Septiembre, mes del testamento”, la cual ofrece varias facilidades para hacerse de este documento. Entre éstos, la reducción de honorarios por parte de los notarios de todo el país hasta en 50% y la ampliación de horario de atención de las notarías, incluso hasta los fines de semana. El tercer beneficio del que se goza a lo largo del mes de septiembre es el de la asesoría gratuita de los especialistas.

Con esta campaña se han alcanzado más de cuatro millones y medio de registros de testamento, pero aún queda para que los mexicanos tengan asimilada esta cultura.

El cobro en las notarias se hace con base en aranceles fijados en cada entidad el cual depende de la zona en la que esté. En general, la reducción a estos será a la mitad.

¿Qué es un testamento?

“El testamento es el documento por el que una persona decide, de manera libre y consciente, quienes serán su sucesores y beneficiarios respecto al patrimonio que tenga al tiempo de su muerte. No se trata de la transmisión del patrimonio actual sino al momento de su muerte”, explica Héctor Galeano Inclán, presidente del Colegio Nacional del Notariado Mexicano.

Coches, joyas, bienes inmuebles, centenarios, acciones de sociedades civiles y mercantiles, de clubes deportivos. Todo puede heredarse.

El objetivo de hacerlo es no dejar que la ley decida. “A falta de una voluntad expresa la ley va seleccionando un orden entre los parientes más cercanos, para que se vuelvan os beneficiados por este patrimonio”, explica el especialista. Primero son los hijos, luego el esposo o esposa, padres, hermanos, tíos, primos, hasta el cuarto grado de parentesco. Cuando ya no se tienen parientes puede pasar, por ejemplo, a institutos de beneficencia.

Sin testamento y con los parientes inconformes, es garantía que habrá pleitos para largo. “Cuando no hay testamento y los herederos no están conformes con la posición que la ley les otorgó conforme a este orden, pueden empezar los procedimientos que pueden durar 30 años de peleas entre los familiares todo porque no se tomó una decisión a tiempo”, explica Galeano. Este documento es relevante ya que ningún otro documento, aunque esté firmado por ti y en el que tú designes a tus herederos, tiene validez ante la ley más que el testamento.

¿Qué se necesita?

Tener la voluntad de hacerlo, acudir a una notaria con una identificación oficial y CURP y los nombres completos de los familiares. Ahí se podrá platicar con el notario y si no hay dudas, hay posibilidad de tener el testamento ese día.

“En esta entrevista, el notario va a interiorizarse de la situación particular de la testadora o testador y le hará las recomendaciones que sean conformes con sus circunstancias”, explica
el especialista.

Esta plática con el notario ayudará también, explica el especialista, a concientizar a la persona de que si no ha puesto en regla las escrituras de sus propiedades, lo haga cuanto antes, ya que el testamento no va a alcanzar a resolver todos los problemas en el caso de que éstas no estén en regla.

Por ejemplo, si la persona compró un auto pero no recogió la factura, el testamento no cubre ni legaliza ninguna situación de este tipo: “El vehículo estará ahí pero le faltará un documento para poder trasmitirlo a la muerte, entonces también el hacer el testamento también trae la cultura de la previsión”, explica Galeano.

Lo mejor es regularizar cuanto antes las propiedades, pero si esto no se ha hecho, aún así puede hacerse el trámite del testamento, ya que no es necesario llevar ninguna documentación que acredite la propiedad de los mismos. Es posible hacer testamentos sobre todo tipo de propiedades, incluso las hipotecadas.

El testamento sólo puede hacerse efectivo al momento de tu muerte, así que al hacer este documento no se están comprometiendo los bienes que se tienen hasta el momento.

Es decir, éstos siguen siendo tuyos y puedes seguir disfrutándolos sin ninguna preocupación. A lo largo de la vida seguramente el número y características de tus propiedades irán cambiando, por lo que es posible hacer varios testamentos a lo largo de la vida, lo que sí es que el único que contará es el último que se haya realizado.

Casos concretos

Las circunstancias de cada caso son muy particulares, y cuando se hace un testamento es necesario tomarlas en cuenta para no heredar problemas.

Por ejemplo, si se está casado por sociedad conyugal y se pretende realizar este documento, es necesario que sea hecho entre las dos personas, ya que no basta con que uno designe sucesor a través de un testamento. Si no se hace bien, el otro 50% va a permanecer intestado, aún cuando la escritura esté a favor de uno. Esto debe contártelo tu notario pero es bueno estar al tanto del procedimiento.

Este escrito no sólo tiene usos patrimoniales, sino que también sirve para otros asuntos, por ejemplo, heredar la custodia de los hijos en el caso de que ambos padres fallezcan.

Al hacer el testamento es necesario designar quién o quienes serán los responsables de cuidar tanto a los menores como a los bienes que les correspondan.

Esa decisión la tienen que tomar entre los dos. Según la ley, la patria potestad es entregada primeramente a los dos padres, si es que falta uno continúa el que sobrevive, en dado caso que ninguno lo haga, serán los abuelos los encargados de quedarse con los hijos.

Este documento también funciona para cumplir con las deudas y dejar reconocido en éste que se debe cierta cantidad a una persona y que con los bienes que se tengan se va a pagar esa deuda.

En el sitio de la Secretaría de Gobernación se encuentran los costos del testamento por entidad federativa a propósito del mes del testamento, así que para recibir un costo justo, es recomendable cotejar los aranceles con lo que se está por pagar. El arancel es lo máximo que a pagar por la elaboración de este documento. El costo de este escrito en la Ciudad de México es de mil 925 pesos durante este mes.

A 2016, según el Registro Nacional de Avisos de Testamento (RENAT) tiene registrados 102 mil 483 testamentos.

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