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Los diputados aprobaron que los concesionarios de radio y televisión no serán sancionados en materia de derechos de las audiencias.

“A los concesionarios muy poco les importan los derechos de las audiencias y no quieren ser sancionados por pasar encima de ellos y de los lineamientos que los norman”, comunicó la Asociación Mexicana de Derecho a la Información (Amedi).

Este miércoles, la Comisión de Radio y Televisión de la Cámara de Diputados aprobó modificaciones a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión que eliminan la posibilidad de que el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) sancione el incumplimiento de los Lineamientos Generales de Defensa de las Audiencias.

Estos cambios deben ser votados por el Pleno de la Cámara de Diputados antes de que concluya abril.

“Los diputados que aprobaron el dictamen tampoco se preocupan por las audiencias, porque nadie que deroga una atribución sancionatoria a un ente regulador de una industria que presta un servicio público, puede seriamente estar comprometido con el bienestar de las audiencias”, aseguró la Amedi.

El trasfondo del dictamen y lo inédito de la iniciativa elimina los beneficios de la cultura, la preservación de la pluralidad y la veracidad de la información, expuso.

Por su parte, organizaciones indígenas lamentaron que se dictaminara la iniciativa del diputado Federico Döring, del Partido Acción Nacional y del diputado José Clemente Castañeda, de Movimiento Ciudadano.

“Representa una grave violación a los derechos colectivos de los pueblos indígenas que forman parte de la identidad nacional y que su reconocimiento como parte de la sociedad mexicana implica también su participación en todo medio de comunicación, expresándose la diversidad lingüística y cultural que hace a este país”, dijeron.

El IFT explicó que el Congreso consideró los derechos de las audiencias como parte de la reforma constitucional pues son clave para impedir monopolios de la opinión pública.

Agregó que, ante las descalificaciones de las que ha sido objeto, reiteró que ha actuado “conforme a su mandato constitucional y cumpliendo a cabalidad con lo ordenado en la ley por el propio Congreso de la Unión”.

Por lo que las controversias constitucionales interpuestas por la Presidencia y el Congreso ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) son una oportunidad para que se conozca el alcance y tutela efectiva de los derechos de las audiencias.

Sin embargo, el IFT dijo que respeta “la facultad del Congreso de la Unión para reformar la ley y adoptar, en su caso, un nuevo modelo de protección de derechos de las audiencias”.

Y confía en que esta facultad será ejercida con responsabilidad, objetividad y transparencia.

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