El Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) publicó las reglas para que las empresas puedan obtener una autorización y brindar servicios de telecomunicaciones y radiodifusión sin ser concesionarios.

En el Diario Oficial de la Federación (DOF), el regulador recordó que las empresas que puede solicitar esta autorización son aquellas que quieran establecer y operar o explotar una comercializadora de servicios de telecomunicaciones sin tener el carácter de concesionario; instalar, operar o explotar estaciones terrenas para transmitir señales satelitales.

Así como instalar equipos de telecomunicaciones y medios de transmisión que crucen las fronteras del país; explotar los derechos de emisión y recepción de señales y bandas de frecuencias asociados a sistemas satelitales extranjeros que cubran y puedan prestar servicios en el territorio nacional, y utilizar temporalmente bandas del espectro para visitas diplomáticas.

“Las Autorizaciones se otorgarán por un plazo de hasta 10 años, prorrogables hasta por plazos iguales, siempre y cuando lo solicite por escrito el autorizado dentro del año previo al inicio de la última quinta parte de vigencia de la Autorización respectiva, se encuentre en cumplimiento de las condiciones establecidas en los títulos de Autorización y demás disposiciones aplicables, y acepte previamente las nuevas condiciones que, en su caso, establezca el Instituto”, detalla el IFT.

En el caso de autorizaciones temporales, el plazo será otorgado de acuerdo con la duración de la visita diplomática.

spb

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