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El Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) carece de facultades para ampliar el catálogo de derechos de las audiencias previstos en la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, de acuerdo con Adolfo Cuevas, comisionado del ente regulador.

En su voto particular sobre la decisión tomada en la XLII Sesión Ordinaria del 29 de noviembre de 2016, que fue enviada al secretario técnico del Pleno el pasado 14 de julio, Cuevas subrayó que se “contraviene la garantía de que tales derechos únicamente deben estar establecidos en la ley, tal como lo previene el artículo 6°, apartado B, fracción VI, constitucional”.

Dijo que con esto se limita o restringe el ejercicio de la libertad de expresión en su dimensión individual. “Límites que, por certeza y seguridad jurídica, sólo pueden estar previstos en una ley stricto sensu y previa, y no en una disposición de índole regulatoria”.

Agregó que sólo el Legislativo tiene facultades para emitir normas sobre el modo en que debe ejercerse la libertad de expresión en su dimensión individual y en su vertiente colectiva o social, “máxime que dicha dimensión de la libertad de expresión exige de un elevado nivel de protección, en tanto se relaciona con valores fundamentales como autonomía y libertad personal”.

A diferencia de la mayoría del Pleno, que aprobó los Lineamientos Generales sobre la Defensa de las Audiencias, Cuevas difiere sobre su contenido.

“No coincido con la posición de imponer a los regulados obligaciones que van más allá de lo que se encuentra expresamente previsto en el texto legal, ni de sancionar por el incumplimiento de obligaciones relacionadas con conceptos jurídicos indeterminados o conceptos de carácter axiológico, con relación a los cuales estimo que esta autoridad debería cumplir, en principio, una función orientadora”, afirmó.

Agregó que todas las autoridades (incluido el IFT), en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar las libertades y derechos vinculados a la libertad de expresión, entre los que están los derechos de las audiencias.

Cobertura norteamericana.El 100% de los planes de pospago ofrecen minutos de voz, mensajes de texto (SMS) y Mb de internet con cobertura en México, Estados Unidos y Canadá sin costo adicional a la renta mensual, asegura el órgano regulador.

El Reporte de Información Comparable de Planes y Tarifas de Servicios de Telecomunicaciones Móviles 2017, encontró que 33% de los planes ofertados paga una renta mensual de entre 199 pesos y 399 pesos.

En el caso de prepago o esquemas de recarga de saldo, seis de los 14 esquemas de prepago, es decir, 43% del total, “permiten el uso de minutos de voz, SMS y Mb estando en México, Estados Unidos o Canadá”.

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