El Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) aprobó medidas para que el trámite de cambiar de compañía telefónica sin perder el número, denominado portabilidad, sea más ágil y sencillo.

En sesión extraordinaria celebrada el 12 de junio de este año, el Pleno del Instituto resolvió diversas modificaciones en Reglas de Portabilidad Numérica como son:

- Los usuarios que hagan uso de su derecho a la portabilidad numérica y que sean personas físicas ya no tendrán que presentar el Formato de solicitud de portación de números geográficos y las empresas receptoras no tendrán que enviar imágenes de documentos de identificación al Administrador de la Base de Datos.

- Se amplía la gama de opciones de documentos de identificación válidos para hacer el trámite, se incluye la CURP.

- Se implementan herramientas y datos de información que permitirán que el usuario pueda dar puntual seguimiento al estado que guarda su trámite de portabilidad y, con ello, cuente con los elementos que le permitan exigir la portación de su número en un plazo no mayor a 24 horas.

- Se establecen y clarifican elementos de información en los mensajes de texto y audibles que se brindan a los usuarios, a efecto de evitar la ocurrencia de rechazos de portaciones. 

- Se establecen mecanismos que aseguran la continuidad en la prestación de servicios de telefonía - principalmente móvil - por parte del proveedor receptor, responsabilidades tendientes a asegurar la disponibilidad de elementos físicos (tarjeta SIM) necesarios para la prestación del servicio respectivo.

"Las nuevas medidas prevén etapas diferentes para su entrada en vigor, por lo que algunas serán efectivas a partir del día siguiente de la publicación de las Reglas en el Diario Oficial de la Federación", detalló el regulador.

Aquellas que requieren del desarrollo o adecuación de procesos y/o sistemas, se establece un periodo de 90 días naturales para su debida aplicación.

Por otra parte, en la misma sesión de Pleno, el IFT decidió someter a consulta pública el Anteproyecto mediante el cual se establecen los Lineamientos que fijan los índices y parámetros de calidad a que deberán sujetarse los prestadores del servicio móvil y actualizar los indicadores vigentes tomando en cuenta la evolución tecnológica de las redes celulares, así como las mejores prácticas internacionales.

Por otro lado, aprobó y emitió el Formato por el cual los concesionarios de servicios de telecomunicaciones y radiodifusión deben presentar, ante el Instituto, su estructura accionaria o de partes sociales, en cumplimento a lo previsto en artículo 112 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión.

tcm

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