Suele afirmarse, con razón, que justicia retardada es justicia denegada. Nuestra Constitución en el artículo 17 establece que la justicia en México debe ser pronta y expedita; sin embargo, no en todos los casos es así. Son varios los factores para que esto suceda. Por una parte, cada vez más, los tribunales se saturan por diversas cuestiones: los ciudadanos presentan, por ejemplo, demandas de amparo porque les impusieron una multa de 300 pesos o denuncias penales por problemas vecinales menores. Debido a que las autoridades tienen la obligación de atender todas las demandas, no pueden seleccionar las graves de aquellas que son jurídicamente improcedentes, sino que deben tramitar todas y la gente debe esperar a que les toque su turno.

Además, es cierto que muchas autoridades han perdido su vocación. Se limitan a cobrar un sueldo, a cubrir un horario, sin importar su efectividad para resolver los problemas de quienes demandan justicia. Este fenómeno puede combatirse con nuevas estrategias para resolver los conflictos legales, como la mediación que se implementó en la materia penal y próximamente en la materia laboral, y con un servicio profesional de carrera con mecanismos de evaluación permanente. Adicionalmente, tenemos que aprovechar el avance de la tecnología.

Actualmente, esta tecnología se usa para realizar trámites y procesos legales. Una de las herramientas que más eficiencia ha dotado a los procedimientos jurídicos es la firma electrónica. Su empleo, además de garantizar certeza jurídica, confidencialidad y autenticidad, facilita el intercambio de información entre ciudadanos y autoridades judiciales.

En julio de 2013, el Poder Judicial de la Federación estableció la Firma Electrónica Certificada (FIREL) como el instrumento para ingresar al Sistema Electrónico con el fin de presentar demandas, enviar documentos, recibir notificaciones, así como consultar acuerdos, resoluciones y sentencias. Como lo dispuso este acuerdo, a partir de entonces la Firma Electrónica produce los mismos efectos legales que la firma autógrafa. Pero el avance tecnológico en los procesos legales no se quedó allí. Partiendo del establecimiento de una Firma Electrónica Certificada, un Acuerdo General de la SCJN y del Consejo de la Judicatura Federal reguló la tramitación del juicio de amparo de manera electrónica, además de los juicios de oralidad penal y las comunicaciones oficiales electrónicas.

En virtud de estos acuerdos, ya no se requiere apersonarse para interponer una demanda, ahora los promoventes cuentan con dos vías: de manera presencial ante la Oficialía de Partes o electrónica desde el Portal de Servicios en Línea del Poder Judicial. Con el fin de acercar la justicia a todos, ahora a través de una computadora, celular o tableta se pueden tramitar y revisar todos los juicios federales en línea. Durante 2017 se tramitaron 534 mil 244 amparos en total: 410 mil 368 (76.8%) vía ordinaria y 123 mil 876 vía electrónica (23.1%). En lo que va de 2018 ―hasta el 10 de abril― se han tramitado 191 mil 433 amparos: 145 mil 970 vía ordinaria (76.2%) y 45 mil 463 vía electrónica (23.7%).

Esto significa que existe una resistencia al cambio. Los abogados no han aprovechado las ventajas de utilizar los medios electrónicos, sin considerar que se ahorra mucho dinero en papel y, sobre todo, tiempo, al ser una forma expedita de comunicación que necesariamente hace más rápida la impartición de justicia.

Recientemente, la Suprema Corte ha garantizado el derecho de acceso a la justicia por medios electrónicos en dos vertientes. Ha señalado que para efectos de los plazos legales, la fecha de presentación de escritos corresponde a aquella en la que el promovente efectivamente envía el documento vía electrónica y no la fecha de recepción ante el órgano jurisdiccional. Igualmente, la Corte ha señalado que la inexistencia de convenios de coordinación tecnológica entre órganos no invalida las demandas de amparo directo presentadas con firma electrónica.

El escritor visionario Julio Verne describía en su novela París en el Siglo XX que en el futuro la humanidad podría firmar “letras de cambio o contratos” a miles de kilómetros de distancia. Hoy, alcanzamos el futuro que nuestros antepasados soñaron. No obstante, la tecnología no debe estar solamente al servicio de la imaginación sino, más importante aún, de la justicia.

Consejero de la Judicatura Federal

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